SOCIEDADES ANONIMAS (S.A.)
La Sociedad Anónima es la que se existe entre
dos o mas personas bajo una denominación social y se exclusivamente de socios
cuya responsabilidad por las perdidas se limita a sus aportes. Su capital
estará representado por títulos esencialmente negociables denominados acciones,
las cuales deberán ser Íntegramente suscritas y pagadas antes de su emisión.
Sociedad Anónima de Suscripción Privada: Son
aquellas que no recurren al ahorro público para la formación o aumento de su
capital social autorizado, o no coticen sus acciones en bolsa o contraigan
empréstitos mediante la emisión pública de obligaciones negociables, o no
utilicen medios de comunicación masiva o publicitaria para la colocación o
negociación de cualquier instrumento en el mercado de valores.
Requisitos y documentos a depositar para
Constitución de Sociedad Anónima de Suscripción Privada
1. Formulario de solicitud de Registro
Mercantil completado correctamente, firmado por la persona con calidad y
sellado.
2. Original poder de representación, en caso
de firmar la solicitud una persona sin calidad para ello.
3. Original estatutos sociales, en acto
privado(mínimo 2 originales) o autentico, que debe de ser depositado en el
Registro Mercantil dentro del mes de la suscripción de los mismos, los cuales
deben de contener al menos las siguientes informaciones:
• Nombres y generales de los socios, por lo
menos 2(Doc. de identificación (cedula si es dominicano, pasaporte en caso de
extranjero), residencia, estado civil, profesión, si es persona física, en cado
de persona moral(RNC, Registro Mercantil, domicilio, y nombre y generales de su
representante) Denominación social, precedida o seguida de “Sociedad Anónima o
S.A.
• Tipo social adoptado
• Domicilio Social previsto
• Objeto, el cual debe ser especifico y no
genérico
• Duración de la sociedad
• Capital social, el cual no puede ser menor
de RD$30,000,000.00, como estar dividido, requisitos que deben ser cumplidos y
proporción que debe ser suscrita y pagada, no menor del 10% del capital
autorizado.
• Forma de emisión de las acciones, valor
nominal, el cual no puede ser menor de RD$100, cada una, diferentes categorías
de las acciones, si las hubiere, con sus diferentes derechos y formalidades de
los títulos accionarios
• Condiciones particulares de transferencia
de las acciones
• Descripción, evaluación y detalle de cada
aporte en naturaleza (si aplica), conteniendo el nombre y generales de cada
aportante y el valor de cada aporte
• Ventajas particulares y sus beneficios y
prestaciones accesorias, si las hubiere, reserva legal (no menor del 5% de las
ganancias realizadas y liquidas)
• Forma de administración: Consejo de
Administración compuesto de no menos de 3 miembros, el presidente tiene que ser
persona física y duración, el cual no puede ser mayor de 3 aso, cuando la
elección sea por estatutos, cuando sea por asamblea, no mayor de 6 aso.
• Designación, nombres y generales de los
miembros del Consejo de Administración, con constancia de aceptación
• Designación de quien o quienes prepararan y
conservaran los registros contables y de certificados o títulos de partes
sociales de la sociedad
• Designación de Comisario de Cuenta y
suplentes, si los hubiere (Contador Público Autorizado, con no menos de 3 aso
de experiencia en auditorias de empresas y duración de su designación (3 aso).
No pueden ser comisarios ni suplentes administradores ni empleados de la
sociedad.
• Reglas para las convocatorias, fecha de
celebración Asamblea Ordinaria Anual (dentro de los 6 meses siguientes al
cierre ejercicio social), forma de celebración y quórum y alcance de la
Asamblea General Ordinaria Anual, Especial y Extraordinaria
• Fecha cierre social
• Forma de repartir beneficios y perdidas,
constitución de reservas legales o facultativas
• Causas y procesos de disolución y
liquidación
4. En caso de suscripción de acciones en
efectivo, original comprobante de suscripción que deber ser firmado por el o
los fundador(es) y el suscriptor, este comprobante debe contener lo siguiente:
• Denominación de la sociedad
Fecha de los estatutos y además, resumidos
los acápites b, c, d, e, g, y h del articulo 14 de la ley 479-08
• Cantidad de acciones cuya suscripción se
constate por el comprobante, axial como su clase, si aplicare, y los valores
por su concepto son pagados en manos del o los fundador(es)
• Declaración del suscriptor de que conoce
los estatutos de la sociedad en formación
5. Original informe de comisario de aporte(si
aplica), el cual debe ser contador p?blico autorizado o tasador inscrito en el
Instituto de Tasadores Dominicanos o en la Superintendencia de Bancos o de
Seguros
6. Copia recibo de pago de impuesto por
constitución de Sociedades(1% del capital autorizado)
7. Fotocopias de cedula de identidad y
electoral(en caso de dominicanos) y pasaporte, cedula de identidad de
extranjero u otro documento de identidad con foto valida en el país de origen,
en caso de extranjero, RNC y Registro Mercantil, en caso de persona moral de
cada uno de los socios y gerentes
7. Copia nombre comercial
8. Pago tasa correspondiente, de conformidad
a la tarifa establecidas por la Cámara de Comercio y Producción de Santiago(Ver
hoja informativa de Registro Mercantil, personas morales)
Requisitos y documentos a depositar para
transformación o adecuación a una S.A. de Suscripción Privada
1. Formulario de solicitud de Registro
Mercantil completado correctamente, firmado por la persona con calidad y
sellado.
2. Original poder de representación, en caso
de firmar la solicitud una persona sin calidad para ello.
3. Copia documento de identidad de los
accionistas y administradores, cédula en caso de dominicano y pasaporte o
cédula para extranjero, en caso de persona moral RNC y Registro Mercantil.
4. Original Asamblea extraordinaria para
modificación y adecuación de estatutos con un quórum establecido (3/4, por lo
menos)
5. En caso de transformación, depósito de
publicación en el periódico, la cual debe ser hecha 15 días antes de la
celebración de la asamblea extraordinaria, de un extracto con las
estipulaciones más relevantes del proyecto de transformación, en el que se indicará
el balance especial e informe del comisario de cuentas, si lo hubiere.
6. En caso de transformación, depósito de la
asamblea dentro del mes siguiente a su celebración.
7. En caso de adecuación, dentro de los 5
días siguientes a la celebración de la asamblea extraordinaria y cualquier
documento relacionado, debe ser depositado dentro de lo 5 días debe ser
depositado en el Registro Mercantil
A) Aspecto que debe contener la Asamblea
Extraordinaria
• Denominación: Cambio de la denominación
social a S.A.
• Indicación de la adopción de la modalidad
de suscripción privada
• Objeto real y específico de la nueva
realidad operativa
• Capital autorizado: no menor de
RD$30,000,000.00
• Valor de las acciones no menor de RD$100.00
• Capital Suscrito y pagado: No menor del 10%
del capital autorizado
• Forma de emisión de las acciones, las
diferentes categorías de las acciones, si las hubiere, con las estipulaciones
de sus diferentes derechos y formalidades de los títulos accionarios, en caso
de existir modificación estatutaria en este sentido
• Aportes en naturaleza (si aplica):
aportante con sus generales, descripción, evaluación y valor de cada aporte.
Esto se hará conforme un informe anexo, elaborado por un comisario designado
por los socios, el cual debe ser un contador público autorizado o tasador
matriculado en el Instituto de Tasadores o Registrado en la Superintendencia de
Banco o Seguros. Si el valor estimado de los aportes en naturaleza no excede el
25% del capital social, los socios pueden decidir la no utilización de un
comisario de aportes.
• Ventajas particulares y sus beneficios, si
las mismas se estipulan al momento de la adecuación.
• La composición, el funcionamiento, las
atribuciones, así como las incompatibilidades, las prohibiciones y los poderes
de los órganos de administración y de supervisión, su remuneración.
• El modo en que los órganos deliberativos se
constituirán, discutirán y adoptarán sus resoluciones en atención a los
parámetros establecido en la ley 479-08.
• Fecha de la asamblea ordinaria, forma de
convocarla y quórum (en caso de ser diferente al establecido en la ley)
• Fecha cierre del ejercicio social.
• Forma de repartir beneficios y las
pérdidas.
• Constitución de reservas legales(no menor
del 5%) o facultativas
• Causas de disolución y el proceso de
liquidación de conformidad a la ley 479-08
• Todas las modificaciones estatutarias
necesarias para estar acorde a la Ley 479-08
• Nombres y generales de los miembros del
Consejo de Administración y comisario(s) de cuentas, con constancia de
aceptación(No menos de 3), con una duración no mayor de 6 años.
8. Original lista de presencia de la asamblea
extraordinaria.
9. Original convocatoria con acuse de recibo (en
caso de no asistir todos los accionistas)
10. Original poder de representación (si
aplica)
11. Original estatutos sociales modificados
12. En caso de suscripción de nuevas
acciones, comprobante de suscripción que deberá ser firmado por el
administrador y el suscriptor con sus generales, este comprobante debe contener
lo siguiente:
• Denominación de la sociedad.
• Fecha de los estatutos y además, resumidos
los acápites b, c, d, e, g, y h del artículo 14 de la ley 479-08.
• Cantidad de acciones cuya suscripción se
constate por el comprobante, así como su clase, si aplicare, y los valores por
su concepto son pagados
13. Original lista de suscriptores.
14. En caso de ser un bien inmueble el objeto
del aporte en naturaleza, tasación de la Dirección General de Impuestos
Internos.
15. En caso de transformación, original de un
balance especial, cortado al último día del mes que preceda a la celebración de
la asamblea que apruebe la transformación (o de la fecha del documento que
constate la voluntad de los socios, según permita la Ley para cada tipo de
sociedad) y actualizado a la fecha de la misma, compilado o auditado por un
contador público autorizado;
16. En caso de transformación, original del
informe del comisario de cuentas, si lo hubiere, que compruebe que el activo
neto sea por lo menos igual al capital suscrito y pagado;
17. En caso de no tener Registro Mercantil,
anexar los documentos requeridos (ver hoja informativa de Registro Mercantil)
18. Cualquier otro documento que haya sido
objeto de ponderación, examen o aprobación de la asamblea extraordinaria
19. Pago tasa correspondiente, de conformidad
a la tarifa establecidas por la Cámara de Comercio y Producción de Santiago(Ver
hoja informativa de Registro Mercantil, personas morales)
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