Ponen Coleccion

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jueves, 4 de junio de 2015

DERECHO CONSTITUCIONAL DOMINICANO.

Hasta hace pocos años, los textos de Derecho constitucional fueron escritos y la materia constitucional fue impartida por abogados, quienes por lo regular, no le dedicaban mucho tiempo a la investigación.  Esa es una de las razones  por las cuales a pesar de la importancia que reviste la Ciencia del Derecho Constitucional, durante décadas se utilizaron los mismos textos, e inclusive, los profesores por lo regular se limitaban a transmitirles a los estudiantes los mismos contenidos que ellos asimilaron cuando cursaron la carrera.
La principal ganancia que han tenido  los estudiosos del constitucionalismo es que han ganado prestigio en la sociedad política y académica, puesto que en determinadas coyunturas históricas, cuando se coloca sobre el tapete el tema de la reforma a la Constitución, o cuando se produce una crisis institucional, las opiniones de estos son requeridas por los medios de comunicación.
La especialidad en materia constitucional, hasta ahora ha  sido la menos rentable en términos económicos dentro de todas las especialidades del Derecho Público y Privado.  Ahí descansan en parte,  las razones por las cuales los abogados que se dedican al estudio crítico y profundo de la Ciencia del Derecho Constitucional sean una reducida elite.
La falta de dedicación al estudio de la materia constitucional hizo que la disciplina se achatara, y que los maestros se limitaran a enseñar lo que aprendieron cuando fueron estudiantes. Eso explica el porqué en las universidades dominicanas, a finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI, todavía algunos catedráticos estuvieran utilizando como texto en Derecho Constitucional I, el libro Derecho Constitucional e Instituciones Políticas de la autoría del profesor Maurice Duverger, publicado en Francia a principios del siglo XX. Esto demuestra lo poco que la disciplina avanzó  en el contexto crítico, imaginativo y reflexivo.
Mientras que en la asignatura Derecho Constitucional II –que trata lo relativo al Derecho Constitucional Dominicano-, todavía hay profesores que utilizan como texto básico el libro: Notas de Derecho Constitucional, de la autoría del jurista Manuel Amiama, publicado en los años 50 del siglo XX, en pleno imperio de la dictadura de Trujillo.
Díganme ustedes: ¿A caso tiene el algún parecido el Estado Dominicano de hoy con el Estado vigente durante la Era de la Tiranía Trujillista? 
¿Acaso tiene alguna similitud la forma de gobierno y el sistema político vigente, con la forma de gobierno y el sistema político imperante durante la Tiranía Trujillista?
Considero que el Estado Social y Democrático de Derecho vigente dista mucho del Estado policía garante del orden público que imperó durante la Tiranía Trujillista y décadas siguientes.
Por tanto, el contenido temático de las asignaturas del Derecho Constitucional que se impartían en las aulas universitarias en esa época de nuestra historia afortunadamente ya superada, no debe ser, bajo ninguna circunstancia, el mismo contenido del Derecho Constitucional que se enseñe en los actuales momentos.
A partir del 26 de enero del 2010, fecha en que entró en vigencia la Carta Magna que postula a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, la enseñanza de la ciencia del Derecho Constitucional deberá ser objeto de un cambio profundo, ya que el contenido temático de la misma deberá tener sintonía con la nueva Constitución,  con el Derecho Constitucional Comparado y con El Derecho Internacional Humanitario.
La reforma constitucional del 2010 dividió a la historia del constitucionalismo dominicano en un antes y un después. La Ley Sustantiva que el  constituyente legó al  pueblo dominicano el 26 de enero del 2010, día del natalicio del Padre de la Patria, don Juan Pablo Duarte, fue el producto de un proceso reformador llevado a cabo de manera reflexiva, fríamente evaluado y pensado, en el que la ciudadanía tuvo una participación tan genuina y espectacular, que hicieron de ese proceso reformador, un momento constituyente sin precedentes en la historia dominicana.
Por primera vez, el liderazgo político dominicano, dando muestra de una madurez y de un compromiso con la democracia sin precedentes, fue capaz de concertar con todos los sectores la sociedad, un proyecto de Constitución que implica un profundo rediseño del Estado, en procura de fortalecer su institucionalidad, mejorar su eficiencia y crear las bases institucionales para caminar en la construcción de una República Dominicana donde existan oportunidades y condiciones materiales más justas para el desarrollo, progreso y bienestar de sus hijos.
Las nuevas instituciones creadas en la reforma constitucional del 2010, entre ellas El Tribunal de Garantías Constitucionales, les darán un significativo empuje a la Ciencia del Derecho Constitucional. Inclusive, algunas universidades ya están impartiendo  Maestrías en Derecho Constitucional y Electoral.
El abogado constitucionalista, a partir de ahora,  tendrá la oportunidad de hacer un ejercicio que no se limitará  a la labor docente. La creación del Tribunal Constitucional y su puesta en operación requerirá de abogados diestros y formados en los pormenores  del procedimiento constitucional.

1. Belarminio Ramírez Morillo es tratadista de Derecho Electoral y Constitucional. Las opiniones expresadas en este documento son responsabilidad exclusiva del autor y pueden no coincidir con las del Observatorio Político Dominicano.

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