Ponen Coleccion

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domingo, 17 de octubre de 2010

TRABAJO FINAL DE PSICOLOGIA PARA ABOGADO

Universidad Abierta Para Adultos
(UAPA)
Escuela de las Ciencias Jurídicas y Políticas
Licenciatura en Derecho
PSICOLOGIA PARA ABOGADOS
Participante
JEOVANY ARACENA 09-0825
MARIA CELESTE SOSA 09-0833
JOSE ENRIQUEZ HERNADES 09-0763

TRABAJO FINAL
LA DELINCUENCIA SOCIETARIA
Lic. Ilusión M. García Castro

Facilitador
Santiago, Rep. Dominicana.
16 de octubre de 2010



TABLA DE CONTENIDO

Introducción……………...…………………………………………………………i

CAPITULO I
1.1. La delincuencia juvenil………………………………………………….…ii
1.2. Concepto de delincuencia………………………………………...ii
1.3. El término delincuencia juvenil………………………………….iii
1.4. Las estadísticas de sometimientos policiales……………..iii,iv
1.5. La ley 136-03 articulo 223………………………………………...iv
1.6. Las estadísticas Judiciales………………………………….……v
1.7. Respuesta a este fenómeno…………………………………..v,vi
1.8. El endurecimiento de las penas……………………………….vi
1.9. La prevención antes que la represión……………………..…vii,
1.10. Los Programas Educativos………………………………...vii,viii
CAPITULO II
2.1. Delitos Corporativos……………………………...………………..viii
2.2. Los delitos societarios…………………………...………………..viii
2.3. Otra modalidad…………………………………...…………………..ix
2.4. Tipos de acciones……………………………..………………..…ix,x
2.5. Perjuicio económico…………………………..……………………..x







CAPITULO III
3.1. Crimen organizado o delincuencia organizada……….xi,xii,xiii
3.2. Características………………………………………………….…xiii
3.3. La naturaleza del Crimen Organizado………………...xiv,xv,xvi
3.4. El Criminal Organizado……………………………………..xvi,xvii
3.5. Actividades del Crimen Organizado………………………….xvii
3.5.1. La Prostitución…………………………………………...xvii
3.5.2. El Racket…………………………………………………..xvii
3.5.3. El robo…………………………………….……………….xviii
3.5.4. El asalto……………………………………….…………..xviii
3.5.5. El crimen por encargo………………………………….xviii
3.5.6. La Competencia criminal……………….……………...xviii
3.5.7. El tráfico ilegal………………………….………………..xviii
3.5.8. El Narcotráfico………………………………………...xix,xx
3.6. El Tejido Social de Narcotráfico……………………………..…xx
3.7. La lucha contra el narcotráfico…………………………...xxi,xxii
3.8. Tratados internacionales para la fiscalización de sustancias narcóticas……………………………………….………………...xxii
3.8.1. Convención Única sobre Estupefacientes (1961)….xxii
3.8.2. Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas (1971)………………………………………………………….xxii,xxii
3.8.3. Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (1988)………………………………………………………………xxiii
3.9. El Crimen Organizado en América Latina y el Caribe…………………………………………………..xxiii,xxiv,xxv






CAPITULO IV

4.1. Los Delitos Políticos…………………………………..xxv,xxvi,xxvii
4.2. Los Delitos Colectivos……….xxvii,xxviii
4.3. Condiciones para la aparición de los delitos colectivos……………………………………………………....…xxviii,xxix

Conclusión……………………………………………………….…xxx,xxxi
Bibliografía……………………………………….……………………...xxxii





Introducción
En este trabajo nos corresponde tratar el tema de la Delincuencia Societaria, el cual abarca una amplia red de tipos de delincuencia que de una u otra forma están destruyendo con su flagelo las bases morales de la sociedad, comenzando por el pilar de la sociedad que es la familia .
En un primer orden hablaremos sobre la delincuencia juvenil, como ha aumentado el uso y adiestramientos de jóvenes, en su mayoría menores de edad, que por su condición y por las leyes que los protegen cometen toda clase actos delincuenciales y crímenes.
En segundo orden trataremos los Delitos Corporativos y societarios, como afectan la familia, la industria, la economía y sobre todo el desarrollo industrial de un país.
En tercer lugar hablaremos sobre el crimen organizado, como este flagelo con sus tentáculos poderosos ha ido de forma rápida y sin piedad alguna mutilando los valores morales, éticos y sociales de la humanidad, centrando nuestra atención en el narcotráfico.
En cuatro lugar expondremos nuestra visión de los delitos políticos y los delitos colectivos, donde en un primer orden hablaremos de los crímenes de Estado, la usurpación de funciones públicas, la violación de los derechos políticos y el fraude electoral y en segundo orden, sobre las causas que originan los delitos colectivos y las consecuencias de estos.





1.1. La delincuencia juvenil.
La delincuencia juvenil ha aumentado de manera alarmante en los últimos tiempos pasando de ser un problema que cada vez genera mayor preocupación social tanto por su incremento cuantitativo, como por su progresiva peligrosidad cualitativa. Actúa por el impulso del momento y no muestra arrepentimiento por sus actos.
1.2. Concepto de delincuencia
Delincuencia: conjunto de infracciones de fuerte incidencia social cometida contra el orden público.
La personalidad de los jóvenes delincuentes aunque forjada en buena parte por el ambiente hogareño, del barrio y de la escuela es el fruto también de las características propias, de las experiencias directas de los sujetos y de las peculiaridades de su condición de adolescentes.
Así, buena parte de los futuros delincuentes son sujetos activos de fuerte complexión física, poco hábiles en la educación formal, pero perspicaces y con gusto por la nuevas experiencias tienden a tomarse sexualmente muy activos, agresivos y predispuestos a reacciones impulsivas o violentas que implican cierto gusto por el peligro y las riñas callejeras.
Esta definición permite distinguir entre delincuencia (cuyo estudio a partir de una definición dada de legalidad considera la frecuencia y naturaleza de los delitos cometidos) y criminología (que considera la personalidad, motivaciones y las capacidades de reservación del delincuente) Visto el concepto de la delincuencia resulta necesario delimitar el adjetivo juvenil, es decir ¿Cuándo la violencia es juvenil? Por dentro del campo de las ciencias penales viene entendiéndose por delincuencia juvenil la llevada a cabo por personas que no han alcanzado la mayoría de edad, mayoría de edad evidentemente penal.


1.3. El termino delincuencia juvenil
El término delincuencia juvenil no tiene el mismo significado para todos. Definen dos puntos de vistas, primero determinar la edad a partir de la cual se puede hablar de delincuente juvenil y el segundo que radica en determinar cuáles deben ser los conductos que dan lugar a que se califique a un joven como delincuente. Por cuanto se hace a la edad en que podemos referirnos a la delincuencia juvenil, participamos del criterio de estimar como tales a los que cuentan con más de 14 años de edad. El menor infractor lo podrá ser hasta los 14 años de edad, a partir de ese límite se le debe considerar como delincuente juvenil con el grado de responsabilidad ya apuntado.

1.4. Las estadísticas de sometimientos policiales
Las estadísticas de sometimientos policiales a menores son alarmantes. Los números indican que cada tres horas un adolescente es sometido a la justicia por cometer una infracción a la ley penal.
En el periodo 2001-2004 se produjeron un total de 11,944 casos por diversos delitos, entre ellos: robos, drogas, homicidios, violaciones, secuestro y atracos. Esta cifra representa el 10% de los homicidios anuales de Republica Dominicana.
En los 5 centros de atención integral de menores 42 adolescentes cumplen condena por homicidio de los cuales 3 son niños.
En otro orden los menores son frecuentemente usados como mulas en la venta y distribución o consumo de drogas. En el referido periodo, una cantidad de 1,101 (9%) fue sometido a los tribunales por estas causas.



Las armas de fuego llegan con mucha facilidad a la mano de los menores, entre los años 2001-2004 se registraron 404 expedientes. Pero lo que más llama la atención es la cantidad de robos cometidos por los pequeños infractores, una cifra de 5,443 sustracciones en cuatro años, el 45% de todas las infracciones, además de 129 atracos y 32 secuestros.
Por otra parte las violaciones sexuales han dejado también sus numeritos, registrándose 316 casos. Cabe destacar otros medios de violencia que han marcado la lista de hechos en que han participado menores, reseñándose 1679 riñas y agresiones físicas.
Dentro de estos casos está el de un estudiante de quince años de edad quien el 9 de Junio de 2005 (según el periódico El Nacional) penetró a la escuela primaria Valentín Michel, en un barrio de la ciudad de Moca, agrediendo al director del centro Bolívar de Luna Gómez a dos profesores, a la secretaria y a otro menor de 14 años.

1.5. La ley 136-03 articulo 223
La ley 136-03, Código para el Sistema de Protección y los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, artículo 223 dice: “Los niños y niñas menores de 13 años en ningún caso son responsables penalmente, por lo tanto no pueden ser detenido, ni privados de su libertad, ni sancionado por autoridad alguna.” Muchos menores cuando se les pregunta la edad se quitan los años, “yo tengo menos de trece” dicen, como si conocieran el artículo referido del Código. En muchos casos estos niños son asesorados por los mayores quienes los utilizan a sabiendas de que la policía no le puede someter a la justicia.




1.6. Las estadísticas Judiciales
Estas no siempre coinciden con las policiales por la razón de que muchos expedientes llegan a los tribunales por vía directa del Ministerio Publico. Sin embargo existen varias semejanzas.
Las estadísticas judiciales del año 2004 son similares a las de los periodos anteriores. Para el 2005 hasta el mes de Junio un total de 308 adolescente se encontraban en los centros de detención; 98 en el Instituto Preparatorio de Menores La Vega, 103 en el Instituto Preparatorio de Menores San Cristóbal, 22 en el Instituto de Menores Salomé Ureña en Villa Juana, 40 en el Centro de Evaluación de Menores Cristo Rey, 45 en el Centro de Najayo.
Independientemente de que en estos momentos se habla de reformar el código del menor (Ley 136-03) los números que manejan las distintas agencias no reflejan una disminución de los expedientes penales que involucran a los menores.
Ante el cúmulo de expedientes, la violencia que azota Rep. Dom. se incrementa muy rápidamente sin que a la fecha se conozca plan alguno que garantice en lo más mínimo la baja de sus índices.

1.7. Respuesta a este fenómeno
Dentro del marco constitucional y en forma bastante moderada, algunos sectores (dentro de los cuales se ubican en su mayoría los mismos órganos represivos del Estado y los Tribunales, así como los medios de comunicación colectiva) proponen las "soluciones" tradicionales al problema de la delincuencia juvenil.



Estas respuestas están inspiradas en la idea de "endurecer" el sistema penal dentro de los límites constitucionales, con algunas medidas que son las que siempre se han utilizado con mayor frecuencia para combatir la criminalidad pero nunca se habla de una mayor responsabilidad de los padre, y del estado con sus diferentes mecanismo de prevención.

1.8. El endurecimiento de las penas
una de las respuestas que solemos encontrar con mayor frecuencia para combatir la criminalidad en general, es la de aumentar y fortalecer la dureza de las penas previstas en el Código Penal y leyes especiales, con la esperanza de que constituyan una forma de desestimular la conducta proclive al delito. Los penalistas denominan ésta la función de prevención general o intimidación, reservada a la pena incluida en el tipo penal.
Si bien en materia de menores los montos de la pena de prisión previstas en cada figura delictiva no tienen aplicación directa, la verdad es que siempre tiene alguna incidencia porque los tribunales de menores tienden a establecer el tipo de "medida tutelar" en proporción a la gravedad del hecho y a la gravedad de la pena prevista para los adultos en la ley, más que a las necesidades de tratamiento y atención que requiera el menor.
De acuerdo con esta idea, las personas (menores) no van a cometer hechos delictivos si la pena prevista en la ley para esos delitos es dura y grave. Se tiene la creencia que existe una relación directa entre cantidad y gravedad de la pena por un lado y no inclinación hacia el, delito. En realidad no existe una relación directa entre gravedad de la sanción y desestímulo del hecho.
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1.9 La prevención antes que la represión
Esta parece ser la regla básica en materia de menores, a la que debiéramos dedicarle mayores esfuerzos institucionales. La mejor manera de prevenirse contra la delincuencia juvenil es la de impedir que surjan delincuentes juveniles, para lo cual se requieren adecuados programas de asistencia social, económica, educacional y laboral.
Es obvio que debemos prevenir la delincuencia juvenil, y en esto no creo que haya disidentes. El problema está en ver si estamos dispuestos a intentarlo, y más aún, a transformar ese deseo en una verdadera política de gobierno en todas sus implicaciones, pues requiere de la participación de una gran cantidad de sectores, tanto públicos como privados. La prevención verdadera implica el desarrollo de políticas y programas que permitan una mayor distribución de la riqueza, más adecuados programas de asistencia social, el fortalecimiento de la educación en todos los niveles como una prioridad, oportunidad de trabajo, en fin mejores oportunidades de vida en todos los sentidos y para todos.

1.9. Los Programas Educativos.
Para las autoridades de la Procuraduría General de la Republica responsables de dirigir el Sistema de Atención Integral de los Adolescentes en Conflictos con la Ley Penal,”los muchachos malos” no son tan malos. La Dra. Ana María Hernández Pimentel, Directora Nacional de los centros de atención, dice confiar en el extraordinario trabajo que realizan a favor de los jóvenes que delinquen. “Para nosotros la mayoría de esos menores pueden cambiar sus vidas. Hay que ver cómo se comportan de manera ejemplar, particular mente José enrique, María celeste, y quien suscribe Jeovany Aracena, visitamos el centro penitenciario de Rafey y la verdad es que nos llevamos una gran sorpresa al ver cómo están funcionando estos nuevos centro penitenciarios.


De igual modo opina otra funcionaria de la Procuraduría, la psicóloga Ramona Coronado, Coordinadora de la Unidad de redes de Apoyo. Con tono de pedagoga expresa: “Todos tenemos derecho a cambiar, fundamentalmente los adolescentes que están en un periodo en transición. Si comenzamos a trabajar en el seno de la sociedad atacando el problema por la raíz, de seguro que las cosas deben cambiar, porque como decía Bernes: Nacemos príncipes o princesas, pero a veces, el medio o la falta de educación nos convierte en sapo. A la mayor cantidad de esos jóvenes nadie los quiere. Son víctimas de victimas, rechazados por todo el mundo. Nosotros tratamos de sembrar valores en ellos, principios, disciplina y amor.

2.1. Delitos Corporativos
Los delitos corporativos se distinguen, puesto que son los que perjudican a los inversionistas, a los empleados y los mercados de capital, estos delitos también son conocidos como “delitos de cuello blanco”, estos delitos son cometidos por personas de alto nivel socioeconómico que viola las leyes destinadas a regular sus actividades profesionales.

2.2. Los delitos societarios
Los delitos societarios y de administración desleal, adjudicaciones ilícitas, quiebras fraudulentas, delitos sociales, delitos económicos y entre otros, son algunos de los delitos ilícitos los cuales afectan a la actividad económico-empresarial. Es por eso que se necesita de la importancia de investigar las actividades de los funcionarios corporativos, dado al daño que ocasionan al abusar de sus posiciones o más bien de su alto nivel empresarial para enriquecerse, y con esto defraudan a los inversionistas, empleados, mercados etc.


2.3. Otra modalidad
Otra modalidad importante de delitos societario es la de la llamada delito corporativos, que incluyen tanto los que cometen los gremios o sindicato organizado, como los que perpetran las entidades empresariales, por comisión u omisión en busca de mayor poder o beneficio económicos.

Tanto los gremio o sindicato como las organizaciones empresariales, penden actuar como asociación de malhechores, y como tales cometer los delitos mas variados, atentado contra grupos o dirigentes rivales, vandalismo, fraude, extorsión, chantaje, falsificación de documentos, etc. No obstante, existen delitos que, por su relativa especificidad social y económica, merecen ser destacados aquí, entre los cuales reconocemos los siguientes.

2.4. Tipos de acciones.
Las acciones rompe huelgas, que consisten en tratar de destruir movimientos huelgarios o reivindicativos, contratando nuevo personal o agrediendo, chantajeando o sobornando a los dirigentes sindicales.

La fijación de precios, merced al monopolio el oligopolio o el cartel o bien con el acaparamiento y la especulación. El anuncio falso, haciendo ofertas que no se tienen intención ni condiciones para cumplir parcial o totalmente, con el fin de atraer a clientes incautos.

La alteración de la calidad y los precios reales de los productos para su comercialización, así como ofrecer productos o servicios caducados, peligrosos dañinos o sin valor real así como con alteración en sus pesos y medidas en perjuicio del cliente.

La falsificación de marca y patentes comerciales, que significan la utilización de nombre de marcas comerciales y tecnologías ajenas, patentizadas o no para obtener beneficios que no le corresponden.

El daño ecológico, causado por los productos o residuo que genera una industria o servicio realizado, con efectos perniciosos sobre la salud o los recursos naturales de la comunidad.
La evasión fiscal, que significa dejar de pagar o reducir las tasas de impuestos que corresponde entregar al estado, mediante declaraciones falsa y otros subterfugios.

El fraude de seguros, que incluye la pérdida, robos e incendios provocados para buscarle una salida rápida y beneficios a locales, equipos inventarios o negocios obsoletos o no rentables.

2.5. Perjuicio económico
De hecho los perjuicios económicos y morales de estos delitos corporativos es superior a los delitos llamado callejero. A ese respecto, Roberts {1978} estima que tales delitos cuestan a la sociedad norteamericana casi diez veces los daños materiales de los delitos callejeros y pueden incluso costar más vidas que estos, pero estos datos guardando la magnitud de las sociedad a la que se hace referencia, no están distorsionado de lo que es nuestra sociedad.

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3.1. Crimen organizado o delincuencia organizada
Es la denominación que se le da a las estructuras sociales compuestas por individuos que se organizan para cometer acciones delictivas, así como al tipo de delito imputado por dicha conducta. Entre dichas acciones suelen encontrarse el tráfico de drogas, armas, réplicas de obras artísticas o tesoros arqueológicos, robo de vehículos, terrorismo, secuestro, trafico de indocumentados, etc.
Estos problemas de acceso a fuentes, junto con un cierto "desdén académico por las pasiones populares", parecen estar en el origen de la escasez de estudios sobre el crimen organizado, y también en la carencia de un aparato teórico importante. La naturaleza ilegal y altamente secreta del fenómeno implica enormes dificultades para la obtención de información de primera mano sobre su funcionamiento y complicaciones para la realización del trabajo de campo. Pese a estas carencias, del debate académico no están ausentes los problemas y las discusiones acerca de la definición del fenómeno de estudio que afligen a otras áreas de las ciencias sociales.

Delito y crimen son dos conceptos tanto legales como morales cuya relación ha sido profusamente estudiada desde diversos puntos de vista. Salvo contadísimas excepciones, todo crimen involucra cierto grado de organización y, en consecuencia, es organizado por naturaleza.

Crimen organizado es la violación planificada de la ley al objeto de adquirir beneficios económicos o poder, cuyos delitos son independientemente o en su conjunto de especial gravedad y se llevan a cabo por más de dos participantes que cooperan en el marco de una división laboral por un periodo de tipo prolongado o indeterminado utilizando:





1. estructuras comerciales o para comerciales
2. violencia o otros medios de intimidación
3. influencia en la política, en los medios de comunicación, en la administración pública, en el sistema de justicia y en la economía legítima.

Determinar el límite de lo que constituye el crimen organizado no es una operación tan sencilla como partir un trozo de mantequilla con un cuchillo bien afilado y situar los límites que separan este subconjunto del crimen con respecto a otras realidades ilegales circundantes ha sido una fuente continua de controversia dentro de las ciencias sociales que en sus distintas vertientes se han ocupado del fenómeno.


Buena parte de las configuraciones teóricas sobre el crimen organizado difieren precisamente como consecuencia del punto a partir del que se realiza esta división. Pero, además, la propia configuración del estudio académico del crimen organizado ha implicado una influencia importante de las definiciones legales del crimen organizado. Éstas suelen tener una mayor eficacia a la hora de inscribir el fenómeno en un marco sistemático dado que al definir los tipos de delitos como norma legal en cierta manera configuran los resultados a ojos de la opinión pública.

Por lo general, en los ordenamientos jurídicos de todo el mundo existen dos modos de regular el crimen organizado. Por una parte, están aquellos que condenan las actividades ilícitas que realizan estos grupos de manera individualizada, ya sea el tráfico de drogas, la extorsión o el blanqueo de capitales.




Así ocurre en el caso español. Pero, por otra, existen otros códigos penales que condenan, o agravan la pena por su comisión, la propia pertenencia a los grupos criminales independientemente de los delitos cometidos. Para que exista este tipo de pena es necesario que el ordenamiento legal defina qué tipo de relaciones entre las personas deben existir para caer en esta figura delictiva. Los códigos penales optan por dos formas de llevar a cabo esta definición.


3.2. Características
Crimen organizado consiste en dos o más personas que, con un propósito de continuidad, se involucran en una o más de las siguientes actividades:
(a) la oferta de bienes ilegales y servicios, por ejemplo, el vicio, la usura, etcétera.
(b) delitos de predación, por ejemplo, el robo, el atraco, etcétera. Diversos tipos específicos de actividad criminal se sitúan dentro de la definición de crimen organizado. Estos tipos pueden ser agrupados en cinco categorías generales:

a. Mafia: actividades criminales organizadas.
b. Operaciones viciosas: negocio continuado de suministrar bienes y servicios ilegales, por ejemplo, drogas, prostitución, usura, juego.
c. Bandas de asaltantes-vendedores de artículos robados: grupos que se organizan y se involucran continuadamente en un tipo concreto de robo como proyectos de fraude, documentos fraudulentos, robos con allanamiento de morada, robo de coches y secuestros de camiones y adquisición de bienes robados.
d. Pandillas: grupos que hacen causa común para involucrarse en actos ilegales.
e. Terroristas: grupos de individuos que se combinan para cometer actos criminales espectaculares como el asesinato o el secuestro de personas prominentes para erosionar la confianza del público en el gobierno establecido por razones políticas o para vengar por algún agravio.




3.3. La naturaleza del Crimen Organizado
Las explicaciones académicas del crimen organizado no tiene una historia demasiado larga y ha estado, por lo general, dividida conforme a las líneas que separan las distintas ciencias sociales, que han tratado de extender sus paradigmas, con algunos retoques, al estudio de los fenómeno.

En ocasiones el grado de refinamiento de estas aproximaciones no supera en mucho las fuentes utilizadas, ya sean éstas procedentes de los medios de comunicación o de las agencias de seguridad. La consecuencia es que elementos fundamentales de las ciencias sociales o bien han estado ausentes durante mucho tiempo de los enfoques académicos sobre el crimen organizado o bien se han mantenido en los márgenes de la explicación como un pilar al que se recurre para otorgarle un barniz de seriedad.

En conjunto estas aportaciones pueden situarse en un continuo que va un extremo en el que se presenta a las organizaciones criminales como un ente altamente jerarquizado con códigos de conducta internos desviados hasta el límite contrario en el que se sitúa una exhibición en la cual el crimen organizado sería un conjunto de relaciones laxas más o menos temporales dentro de un mundo que tiende a traspasar con extrema facilidad los mundos de la legalidad y de la ilegalidad.

En el primer límite se encontraría el Modelo Padrino de crimen organizado en el que toda la actividad delictiva del grupo estaría controlada por una estructura muy jerarquizada y una única dirección de mando que controla un mercado determinado, ya sea territorial o de servicios. Sería la presentación más típica de los denominados testigos protegidos que ha acogido la justicia penal a cambio de sus testimonios acusatorios frente a otros miembros de los grupos criminales.




El estudio más clásico sobre el crimen organizado en la época más reciente, que se extiende hasta la actualidad, son los trabajos de Donald Cressey, que constituyen asimismo el paradigma de la perspectiva tradicional o gubernamental del crimen organizado. Su enfoque es de tipo sociológico y sus fuentes se limitan casi en exclusiva a los testimonios de antiguos miembros de la mafia italo-americana presentados ante una comisión parlamentaria.

Cressey describió la estructura del crimen organizado como si se tratase de una organización burocrática, al tipo de una empresa, con una jerarquía rígida, un código de conducta que abarca a todos sus miembros y, sobre todo, que funciona como una sociedad secreta.

La organización mafiosa estaba compuesta, según los testimonios que él recogió acríticamente, por veinticuatro 'familias' situadas en algunas grandes ciudades de los Estados Unidos, que estaban dirigidas por un ente crípticamente denominado 'la Comisión', que se encargaba de supervisar, planificar y coordinar las grandes estrategias delictivas.

Cada familia la integraban una serie de niveles jerárquicos de mando que iban desde el jefe (boss) que se encontraba en la cúspide de la pirámide hasta la tropa denominada, como no podía ser de otro modo, los soldados, entre las que se interponen un conjunto de grados de mando como el subjefe o los lugartenientes. Los objetivos de la organización eran dispuestos por la Comisión y se transmitirían a través de la cadena de mando hasta los elementos operativos de cada célula del grupo.

La principal aportación de Cressey no fue tanto la validación de una estructura organizativa que ya había sido repetidamente explicada en los medios de comunicación y por agencias de seguridad del gobierno sino dar un poco de racionalidad (académica) a lo que hasta entonces parecía un conjunto confusa y fragmentado de datos. Cressey realizó esta tarea del modo más directo:




según él, la dimensión básica que convertía a las categorías de mando del crimen organizado en algo distinguible y diferenciable dentro de un continuo jerárquico era, precisamente, la racionalidad. Por racionalidad, entiende Cressey, el grado en el que las organizaciones criminales desarrollan crecientes niveles de complejidad conforme tratan de lograr los "objetivos" criminales previstos. En consecuencia, a mayor racionalidad.

Contrariamente a lo que se piensa, el crimen organizado de hoy en día , más que el producto de un ambiente social malsano o de resentimientos acumulados por minorías explotadas, responde a factores estructurales y coyunturales que hacen rentable en la sociedad el manejo de negocios ilícitos o la operación ilícita de negocios legítimos.

3.4. El Criminal Organizado

El criminal organizado debe ajustarse a un código de conducta que puede ser muy estricto, el cual incluye:

· la división o especialización del trabajo y el territorio.
· Relaciones de dominación y sumisión muy jerarquizadas en la organización.
· Normas de eficiencia, discreción y suspicacia en el trato social.
· Absoluto silencio ante las autoridades, aún cuando se trate de agresiones o heridas que le hayan sido infligidas en el curso de ajustes de cuentas entre rivales.

Son grupos de humanos orientados a hacer dinero, con la diferencia de que sus negocios son ilegales o están manejados con procedimientos ilegales y se apoyan en la capacidad para ejercer la violencia contra quienes los enfrenten.




Generalmente, los campos de actividad más comunes de estos criminales son la prostitución, las apuestas y juegos de azar, los préstamos usurarios, la estafa en gran escala, el tráfico ilegal de personas, la extorsión, asaltos a mano armada y el secuestro.

En la gran mayoría de ciudades el crimen organizado se desarrolla de la mano con políticos y autoridades militares, policiales y judiciales, sindicatos y grandes empresas de explotación y comercialización de bienes y servicios.

En ocasiones, operan en negocios de fachada legítima como son los bares, clubes, restaurantes, hoteles, supermercados, salones de juego y billar, agencias de alquiler y venta de vehículos, joyerías, etc.

No importa cual sean sus negocios, el criminal organizado o pandillero por las circunstancias en que se envuelve termina cometiendo crímenes graves cuando las cosas no salen como esperaban.

3.5. Actividades del Crimen Organizado

3.5.1. La Prostitución
Es sin lugar a dudas la más antigua de las actividades económicas usada como fuente del crimen organizado. La trata de blancas, las casas de citas, bares y hoteles donde se practica la prostitución legal o clandestinamente con otras modalidades de explotación sexual que sirven a la mafia como lugar de concentración y realización de aventuras delictivas.

3.5.2. El Racket
Es el control de negocios, sindicatos y servicios estatales o privados haciendo uso de la intimidación y la violencia criminal.



3.5.3. El robo
Con escalamiento o mediante la entrada a bancos, joyerías, tiendas, museos, oficinas recaudadoras, es otra de las actividades del crimen organizado.

3.5.4. El asalto
De bancos, vehículos transportadores de valores, negocios, residencias, personas adineradas y secuestros para pedir recompensas son otras actividades del crimen organizado.

3.5.5. El crimen por encargo
Es otra modalidad de delitos cometidos por el crimen organizado que puede consistir en la agresión o asesinato de personas o grupos, llevados a cabo para beneficiar o vengar a quienes pagan por ellos.

3.5.6. La Competencia criminal
Es una de las actividades delictivas más frecuentes en el crimen organizado y es la lucha entre dos o más bandas o pandillas por el control de territorios de negocios específicos, liderazgo dentro de la misma organización y ajustes de cuentas.

3.5.7. El tráfico ilegal
Actividad que se concentra en el quehacer de muchos grupos de delincuentes organizados ya que para esto se requiere coordinación y relaciones con autoridades previamente comprometidas por soborno o asociación en un país determinado, además produce altos beneficios.

3.5.8. El Narcotráfico
Es el tráfico ilegal de drogas psicoactivas, el cual por su gran impacto merece especial atención por su impacto sobre la salud, el orden social y la economía de los países tanto productores como consumidores de drogas prohibidas por su capacidad para envolver un gran número de personas en producción, transporte, almacenaje y distribución de las sustancias narcóticas a los consumidores y adictos a ese flagelo.

El negocio del narcotráfico tiene tal dimensión, mueve tal cantidad de miles de millones de dólares, involucra a tal cantidad de Estados, está infiltrado de tal manera en las altas esferas de poder de naciones ricas y pobres, abarca un mercado mundial de tal magnitud y finalmente, envenena a tal cantidad de seres humanos, que desafía el corazón del sistema de una manera contundente, pone en tela de juicio los valores de la sociedad moderna y refleja los elementos más hondos de una crisis y un desmoronamiento, capaz de conducir a millones de personas a la autodestrucción ante la evidencia de un mundo que muchas veces parece no valer la pena de ser vivido.

El narcotráfico se ha destacado en las últimas décadas como la actividad delictiva generadora de un mayor número de crímenes y con un volumen de negocio más elevado. Muchos traficantes individuales y organizaciones ilegales que se dedican a él han conseguido acumular ingentes cantidades de dinero y medios materiales, lo cual les ha otorgado una posición de fuerza que les permite no sólo escapar a la actividad represiva de los Estados, sino incluso constituirse en centros de poder paralelos. El fenómeno, impulsado por el aumento generalizado del consumo y la revalorización del producto desde su origen hasta su recepción por el consumidor final (en ocasiones su valor se multiplica hasta por 100.000), comenzó a ser contemplado con preocupación por los gobiernos tras la Segunda Guerra Mundial.


Ello motivó que en la, entonces, recién nacida Organización de las Naciones Unidas (ONU) se iniciara el estudio de las medidas de índole legislativa, política y policial que podían ser adoptadas.

En América Latina, se calcula que la producción y el tráfico de drogas emplean a más de tres millones de personas de manera directa, y de forma indirecta suman quince millones de personas. Con los empleos indirectos que generan y sus dependientes llegan hoy día superan los cincuenta millones, vinculados a la economía de las drogas donde se cuentan políticos, funcionarios administrativos, judiciales, militares, policías y hasta sacerdotes.

3.6. El Tejido Social de Narcotráfico
No se puede pretender solucionar el problema de las drogas y el narcotráfico si no se analizan profundamente los roles que cumplen los actores que participan en el drama humano y la cadena de relaciones sociales que hace posible que las drogas llegue del productor al consumidor.

Detallamos a continuación la cadena de intermediaciones con los eslabones siguientes:
a) Los productores
b) Los capos de la droga
c) Los patrocinadores
d) Los transportistas de la droga
e) Los traficantes mayoristas
f) Los simples intermediarios
g) Los distribuidores
h) Los consumidores


3.7. La lucha contra el narcotráfico
La década de los ochenta trajo consigo un cambio significativo en la naturaleza del tráfico de drogas, que a partir de entonces pasó a estar controlado por organizaciones criminales de dimensión internacional. Aunque originarias y con sede principal en los países exportadores (principalmente en México, Colombia y otros estados sudamericanos), las nuevas mafias extendieron sus redes a varios territorios y pasaron a controlar directamente todas las fases del proceso, desde el cultivo hasta la distribución a los consumidores finales.

Esas organizaciones operan de un modo muy similar al de los grupos terroristas, con una estructura de corte militarizado, caracterizada por su rígido control interno y su elevado nivel de tecnificación y especialización, así como el establecimiento de conexiones a los más altos niveles políticos y económicos.

Es preciso buscar mecanismos de control que sean coherentes con el problema del narcotráfico y del referente al narcotráfico, ya que los motivos individuales, la cultura prevaleciente y los propios recursos disponibles varían sustancialmente de acuerdo al país donde se trafica.

Mientras no se tomen medidas efectivas para romper el vínculo que se establece entre los traficantes y los adictos o dependientes que consumen la droga, muchas veces después de ser inducidos por ellos.

Las comunidades deben continuar con sus esfuerzos para buscar fórmulas que permitan prevenir la extensión del consumo de drogas toxicómanas, aislando a los traficantes de los adictos mediante una mezcla de control policial de los primeros, asistencia médica y psicológica de los segundos, incluyendo tolerancia hacia ellos y hasta suministrarles la dosis de mantenimiento que con


mucho éxito se práctica en países europeos, en lugar de persistir con la política represiva, la cual ha demostrado su ineficacia.

3.8. Tratados internacionales para la fiscalización de sustancias narcóticas
La legislación internacional sobre esta materia se desarrolló en la segunda mitad del siglo XX, cuando se hizo insoslayable la necesidad de instaurar un sistema mundial de control de las drogas. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) tomó la iniciativa de impulsar esa regulación, y bajo sus auspicios se han promovido los instrumentos internacionales actualmente vigentes. En concreto, son tres los tratados elaborados hasta la fecha, todos ellos complementarios del resto. En ellos se regula todo lo relacionado con el tráfico ilegal de drogas, la provisión y disponibilidad de sustancias estupefacientes con fines médicos y científicos, y la prevención de su desvío a circuitos clandestinos de distribución. Son los siguientes:

3.8.1. Convención Única sobre Estupefacientes (1961)
Su principal objetivo es impulsar la lucha contra la droga a través de la acción internacional coordinada, para lo cual establece una regulación que persigue dos objetivos principales: limitar la producción, tratamiento, distribución, importación, exportación, venta, posesión y uso de estupefacientes a fines exclusivamente médicos y científicos, y perseguir el tráfico de esas sustancias mediante el establecimiento de mecanismos de cooperación internacional que permitan descubrir y detener a los narcotraficantes.

3.8.2. Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas (1971)
Su adopción fue una respuesta a la aparición de nuevos tipos de drogas psicotrópicas, su rápida difusión y expansión por los mercados internacionales y el aumento de consumidores con fines distintos a los sanitarios o científicos.

En su texto se establece un sistema de control internacional para las substancias psicotrópicas, así como una clasificación de las drogas sintéticas en función tanto de su potencial para el consumo abusivo como de sus aplicaciones terapéuticas.

3.8.3. Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (1988)
Este instrumento jurídico ofrece un amplio abanico de medidas contra el tráfico de drogas, entre las cuales se incluyen varias destinadas a la persecución del blanqueo de capitales y la desviación al mercado clandestino de las sustancias químicas de las cuales se obtiene la droga. También establece nuevos mecanismos para la cooperación internacional en materia de extradición de narcotraficantes o distribución controlada.

3.9. El Crimen Organizado en América Latina y el Caribe
El crimen organizado desafía el desarrollo y la gobernabilidad democrática en América Latina y el Caribe. Este fenómeno se ha generalizado y adquirido nuevas y más violentas formas de operación en todo el Hemisferio. Ello dificulta la vigencia del Estado de Derecho, impide un efectivo imperio de la Ley, afecta gravemente la economía y la seguridad de las empresas privadas, y erosiona los sistemas políticos y las instituciones democráticas en todos los países de la región. Sin embargo, el impacto mayor del crimen organizado sigue y seguirá siendo sobre las personas: la violencia que éste genera atenta de manera directa y dramática la vida de hombres y mujeres ya sea por vía directa, convirtiéndoles en sus víctimas, o por vía indirecta, robándoles la posibilidad de construir sociedades libres del temor y de la necesidad.


En este sentido, la acción del crimen organizado es doblemente perversa, pues no sólo se beneficia de las vulnerabilidades que explican en buena parte la

pobreza, sino que las profundiza y las vuelve en muchos casos irreversibles. La violencia, el crimen y sus actividades relacionadas, inhiben el desarrollo sostenible y constituyen una flagrante violación a todos los Derechos Humanos.

Los desafíos que plantea el crimen organizado son diversos y de difícil resolución. En este campo, la cooperación internacional, la voluntad política y el desarrollo de la confianza entre los actores estatales y de la sociedad civil, y el mejoramiento de destrezas y capacidades técnicas son los medios que permitirán desarrollar los instrumentos capaces de limitar, contener y luego vencer esta nueva amenaza a la estabilidad democrática, el desarrollo económico y la paz regional.

Uno de los principales retos para la comunidad académica en esta materia, por lo tanto, es proponer políticas públicas que logren incrementar las capacidades de los Estados y de las sociedades de la región para enfrentar esta gran amenaza que, siendo antigua, ha adquirido renovada fuerza debido al entorno de plena globalización que domina las relaciones internacionales en la actualidad.

América Latina y el Caribe atraviesan por un período de acelerados e importantes cambios. Estas transformaciones inciden en la forma como se definen y abordan los desafíos que han surgido en los tiempos de la democracia. Alcanzar la gobernabilidad democrática sólo será posible si se transita por un camino de soluciones cooperativas y participativas tanto nacionales como regionales, en un marco de creciente integración y de seguridad. Para vivir libres del hambre y de la desigualdad, las sociedades también tienen que vivir libres del temor.


La gobernabilidad democrática depende de una combinación virtuosa de dos elementos, a saber: el “buen gobierno”, que se expresa mediante la eficiente y eficaz atención de las demandas de la ciudadanía; y la legitimidad del mandato, cuya calidad no sólo deviene de la existencia de procesos electorales libres y

limpios (precondición necesaria pero no suficiente para garantizarla), sino y especialmente de la aceptación popular del mandato mismo, el cual debe ser admitido como legítimo por la mayoría social. La gobernabilidad democrática se ve fortalecida por la existencia de un clima internacional que privilegia la resolución pacífica y negociada de conflictos, que promueve el fortalecimiento de los regímenes internacionales construidos sobre la base del multilateralismo cooperativo, y que da la preeminencia al Derecho Internacional.


4.1. Los Delitos Políticos

Señala Tirso Mejía Ricart que aunque en muchos casos de corrupción gubernamental y de los delitos menores haya componentes políticos, existe una categoría especial de delitos en los cuales la característica principal es la esencia política reflejada en sus fundamentos racionales que le sirven de plataforma, los cuales son relativos y cambiantes.

La persecución y castigo efectivos de quienes se dedican a la comisión de los delitos políticos se hace bastante difícil como consecuencia del respaldo o de la tolerancia por parte de autoridades, partidos políticos o grupos sociales con intereses afines a dicha clase de delincuentes.

Muchos han comentado que en la legislación de la Republica Dominicana no existe una definición del delito político y que ha correspondido a la doctrina la determinación de sus características fundamentales.

Es la aparición del Estado como tal lo que da origen a los delitos políticos. Se ha mencionado que estos son relativos y cambiantes según la voluntad de los gobernantes de turno, en el ejercicio de la titularidad del Estado. Y es que el Estado se ve precisado a garantizar su existencia y seguridad cuando se cree amenazado por conductas que podrían destruirlo o desconocer su soberanía.



Para una mejor compresión del contenido de este tema se incluye la siguiente definición de La Política: Ciencia y Arte de gobernar, que se ocupa de la organización y administración del Estado en todo lo que concierne a relaciones internas e internacionales. Si, por un lado, se entiende como delito todo hecho al que el ordenamiento jurídico enlaza como consecuencia una pena. Y, por otro lado, los delitos políticos se constituyen en hechos que atentan contra la seguridad y soberanía del estado o contra el régimen constitucional establecido, es posible distinguir entre ellos los siguientes:

1. Los crímenes de Estado. Estos se caracterizan por las torturas, secuestros, asaltos y los homicidios cometidos desde el ejercicio de la autoridad del Estado, contra personas o grupos que en determinadas circunstancias son considerados como peligrosos para la soberanía o la seguridad del Estado.

2. La usurpación de funciones públicas. Esta se fundamenta en aquellos sujetos que asumen poderes que la constitución y las leyes no le confieren, y así ejercen funciones que no les corresponden con la ayuda de la fuerza, la manipulación y el engaño.

3. La violación de los derechos políticos. Esta sucede cuando al ciudadano común se le niegan los derechos y garantías que les protegen para el libre ejercicio de las actividades políticas: elegir o ser elegido para funciones públicas de libre elección, la libertad de expresión, de transito, etc. etc.

4. El fraude electoral. En las naciones de regímenes democráticos se ha establecido que las elecciones sean el mecanismo fundamental para la definición del poder. Cuando se intenta manipular de manera ilícita este mecanismo entonces se incurre en el fraude electoral.



5. Es en los países como el nuestro, donde imperan la pobreza, la falta de educación adecuada y de instituciones políticas sólidas, donde este delito se practica con modalidades como las siguientes:

a. Los fraudes de identificación: Estos se fundamentan en identificar a los sujetos adversarios calificados para ejercer su derecho a elegir e impedirles participar en los sufragios. También se practica que los partidarios sin derecho a sufragar lo hagan, que los que tienen derecho puedan votar en más de una urna electoral. Además de crear alteraciones y dislocaciones en los documentos de identificación y padrones electorales.

b. Los fraudes psicológicos: Estos procuran crear un ambiente de confusión y temor por medio de amenazas, rumores o desordenes para que los contrarios no salgan a votar o se cometan errores al hacerlo y los votos queden anulados.

c. Los fraudes situacionales: En aquellos recintos de votación donde se sabe que los resultados no serán favorables para sus autores, ya que los contrarios son mayoría en votos, se procura la instalación tardía, la compra de cedulas o de boletas de votación de los adversarios.

d. Los fraudes materiales: Estos se caracterizan por el uso de la violencia, la falsificación y las componendas para dañar o alterar el contenido de las boletas o las actas electorales.

4.2. Los Delitos Colectivos
El delito colectivo es definido como aquel en el que una colectividad toma participación y cuyo objeto es, en lo esencial, que el sentimiento o la pasión que impulsa la causa, sea esta buena o mala, razonable o absurda, carezcan de carácter personal y no puedan sus autores ser perseguidos como en los delitos comunes e individuales.

Su caracterización se debe a Gabriel Tarde durante la celebración del Congreso de Antropología Criminal en Bruselas en el año 1892, enfoque hecho a partir de las ideas de Enrico Ferri (1885), Pugliese (1887) y Sighele (1891).

La psicología social actual los denomina como delitos de multitudes activas o turbas, al tratarse de masas congregadas en un mismo lugar y tiempo, sin antecedentes comunes ni cohesión, en forma casual o por convocatoria previa, sin organización interna ni de su actividad, pero que sus interacciones se polarizan en torno a un estimulo común.


4.3. Condiciones para la aparición de los delitos colectivos

· Un medio social para que sea inevitable, o al menos posible.
· Una idea, que es su núcleo y su impulso, aunque no siempre sea su ley.
· Una colectivaza que pretende realizar la idea y la convierte en causa.

El Dr. Tirso Mejía Ricart define dos tipos principales en los que estos agrupamientos circunstanciales pueden manifestarse:

· Multitudes pasivas o auditorios: en las que las masas hacen causa común para fines relacionados con la religión, organización civil, organización política u organización económica.

· Multitudes activas o turbas: definidas como agregados transitorios de seres humanos que concurren en un momento y lugar determinado, como respuesta espontánea a acciones consideradas como injustas y que deben conducir a las masas a la venganza, al castigo de los ofensores y a la defensa de los sujetos ofendidos. Y es que las turbas son susceptibles a la incitación, la sugestión y al contagio social, que pueden ser manifestaciones de deseos reprimidos o expresiones de frustración e impotencia.


Es importante resaltar que la falta de imputabilidad dentro de las consideraciones del derecho penal moderno, debido al carácter personal de las penas, hacen que en los crímenes colectivos, como lo señalo Napoleón Bonaparte, nadie en lo particular queda comprometido ya que la responsabilidad recae sobre toda la multitud, tal y como dijo Sighele.

Los siguientes son sus rasgos mas comunes: estimulo común, contigüidad espacial, anonimato, carencia de valores y normas comunes, indiferencia de roles y falta de control.

Finalizamos este tema con la clasificación que hace Roger Brown en cuanto a las modalidades de turbas: adquisitivas, agresivas, evasivas y expansivas.

De estas las más susceptibles de generar delitos colectivos son:

a. Las turbas adquisitivas, aquellas que se agrupan con la finalidad de adquirir ciertos bienes o servicios básicos y escasos, ya sean estos gratis o a un precio muy bajo.

b. Las turbas agresivas, son aquellas que dirigen sus acciones contra personas u objetos reales, tal como las que se han escenificado en los últimos días en los municipios de Licey al Medio y Navarrete.



Conclusión

No siempre resulta fácil hacer los planteamientos con la propiedad que se requiere cuando se trata de referirse a los delitos societarios que involucran tanto al sector gobierno como al sector pueblo.

Siendo que en la actualidad, en la República Dominicana, el pan nuestro de cada día, los principales temas de debates en la prensa radial, escrita y en televisión, se refieren precisamente a la delincuencia juvenil, el crimen organizado, los delitos corporativos, los delitos políticos y los delitos colectivos, es un verdadero reto para cualquier ciudadano honesto levantar su voz para reclamar un poco de sentido común para volver a disfrutar de la tranquila vida que en otros tiempos se experimentaba en ciertos barrios y poblados de nuestro país.

Con los cambios de gobiernos en la administración del Estado, los partidos políticos han dejado al descubierto cuan relativos y cambiantes son los fundamentos racionales que les sirven de plataforma en aquellos momentos cuando los que desde el ejercicio de la autoridad pública son ellos los autores de los crímenes de Estado, de la usurpación de funciones públicas, de la violación de los derechos políticos o de los fraudes electorales en sus diversas manifestaciones.

Y que decir de la delincuencia juvenil en ese proceso de integración de los sujetos que a través de una socialización donde los factores del hogar, la escuela, el vecindario, las limitaciones , las condiciones ambientales, el desempleo, la subcultura de las bandas, el consumo y tráfico de narcóticos, los recursos deficientes del sistema educativo y de salud allanan el camino para la proliferación de asociaciones de malhechores o de grupos del crimen organizado en sus diferentes manifestaciones: la prostitución, el juego, el racket, la estafa en gran escala, el robo con escalamiento, el asalto, el crimen por encargo, la competencia criminal y el tráfico ilegal.

A esto se le añaden los delitos corporativos, que pueden proceder tanto de gremios o sindicatos como de organizaciones empresariales cuyas expresiones más significativas la hayamos en prácticas tales como la falsificación de marcas y patentes, la evasión fiscal, la alteración de la calidad y los precios, los anuncios falsos, el fraude de seguros, el soborno y la suspensión de servicios básicos entre otros.

Y que manera de concluir este capítulo, mencionando los delitos colectivos muy de moda en nuestra nación, sin que pueda imputarse responsabilidad sobre los autores materiales e intelectuales debido al carácter personal de las penas. Muy lamentablemente, estos delitos se han convertido en un elemento fuera de control en las principales ciudades de Republica Dominicana.

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