Ponen Coleccion

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miércoles, 12 de septiembre de 2012

EL DERECHO INGLES

SEGUNDA FAMILIA:  COMMON LAW

I.- El derecho inglés
A.- Formación
Etapas
A.1.- Período anglosajón
A.2.- Formación del Common Law (1066-1485)
A.3.- Rivalidad de la Equity (1485-1852)
A.4.- Período moderno
B.- Estructura.- Comprende dos grandes etapas:
B.1.- Divisiones y conceptos del derecho inglés
B.1.1.- Common Law y Equity
B.1.2.- Trust
B.1.3.- Procedimientos y reglas de fondo
B.2.- La Norma Jurídica
C.- Fuentes
II.- Derecho de los Estados Unidos

I.- EL DERECHO INGLES
A.- Formación.-  El common law se extiende más allá de Inglaterra y los E. U., lo que nos concierne es la lógica de cómo se extiende.
La importancia del derecho inglés.-
            Nace y se aplica en los países de habla inglesa y se construye en Inglaterra por las cortes reales (se rol fue muy importante) después de las conquistas normandas (Normandía está situada al norte de Francia).  Hubo muchas bodas entre reyes, luego de invasiones es que nace la formación del common law.
Influencia.-
            La influencia del common law es considerable en todos los países asociados al “common wealth” (asociación que surge después de la colonización bajo la influencia de Inglaterra).  Esto importa porque marca la manera de pensar de los juristas por la organización administrativa y judicial en medio del cual se desenvuelven y sobre todo por los procedimientos que emplea.  El estudio del sistema del Common Law empieza necesariamente por un conocimiento de la formación del derecho inglés el cual lo marcó de manera exclusiva hasta el siglo XVIII.
            El derecho inglés propiamente hablando difiere del derecho francés por que no conoció ni la renovación dada por el derecho romano ni le fenómeno de la codificación.
            Podríamos decir que se desarrolló de una manera autónoma del continente por sus contactos limitados con el continente, por ello ellos se basaron en su legislación en sus propias costumbres, las cuales eran puras por su poco contacto, lo que necesariamente significa avance.
            La continuidad histórica de su sistema jurídico no fue quebrantada por la codificación y ninguna revolución rompió el esquema de su evolución.
            Los ingleses estiman que de ahí es que viene la gran sabiduría de este derecho, las cualidades de sus juristas y la condición de sus usuarios, esto a diferencia de los franceses que se orgullecen de destacar el carácter lógico y racional de su derecho.
Etapas.-
a.1- Período anglosajón, antes 1066.-  Este período está dominado por las leyes bárbaras y por la fecha primordial en la historia inglesa de 1066 de la conquista de Normanda por Inglaterra.
            El período que precede a 1066 es el que se denomina “período anglosajón”.  Se caracteriza por la poca influencia del derecho romano, aunque los romanos dominaron por siglos.  El fin de la dominación romana del siglo V facilitó otras ocupaciones como la de los sajones, ingleses, daneses, entre otros.  Igualmente marca la conversión de Inglaterra al cristianismo (596).
            El derecho de esa época es poco conocido por que las leyes eran redactadas en lengua anglosajona, siendo el latín lo que predominaba.
            Por su parte las reglas bárbaras reglamentaban aspecto limitados de las relaciones sociales. Ejemplo, “Ley de Althelbert” (Rey de Kent), redactadas en el año 6000, que apenas contenía 90 frases; y las “Leyes del Rey Canote (1017-1035) que son elaboradas y que anuncian el paso de la era de las tribus al sistema feudal.
            Sin embargo, en esta época permanece el derecho como un derecho local y podemos decir que no hay common en Inglaterra antes de la invasión Normanda.
a.2- Formación del Common Law (1066-1485).- La conquista de Normanda se produce por el reclamo de los derechos de sucesión del trono que hace el Rey Guillermo de Normandía al rey Harold Harefoot, este gana en esa lucha y esto produce en el año 1066 la invasión normanda.
            Esto aporta a Inglaterra un poder fuerte y centralizado y una experiencia administrativa puesta a prueba en el ducado (dominado por duques) de Normandía. 
            Guillermo de Normandía al ganar toma 2 decisiones fundamentales:
¨    Se apodera del derecho de propiedad originario de todas las tierras, y
¨    Decide decir justicia mediante la “Curia” (cuerpo de asesores que producen decisiones judiciales).  La “curia del rey” tiene bajo su control la aplicación de justicia.
            Esto le da poder absoluto a Guillermo de Normandía.
            Estos hechos revolucionan el reino de las tribus que existía antes de su llegada e instala el sistema feudal en Inglaterra.  Sin embargo la feudalidad de Inglaterra era diferente a como se desarrolló por Europa continental, por las siguientes razones:
Los normandos que acompañaban a Guillermo el conquistador no hablaban la lengua,
Despreciaban las costumbres del lugar (las que encontraron), y
Preferían defender con su soberano las propiedades de este y sus conquistas

Acepciones de Common Law
            Su expresión más común es la ley común en toda Inglaterra por oposición a las costumbres locales.  Podrían distinguirse cuatro acepciones a la esta expresión:
1.   A la tradición jurídica surgida en Inglaterra en el siglo XI, a la cual se adhieren otras tradiciones.
2.   Al cúmulo de precedentes dictados por sus tribunales o sea ingleses, canadienses, etc. y que se empleaban para distinguirlo de las normas que surgen del parlamento.
3.   Al sistema de jurisprudencia distinto a la Equity.
4.    El derecho antiguo (en formación del Common Law) con relación al sistema moderno.
            En el año 1066 no existía el derecho Common Law, sino que existían la Asamblea de Hombres Libres, la County Courts y la Hundred Courts.  Estas cortes aplicaban costumbres locales y decidían cual de las partes debía establecer lo bien fundado de sus reclamos y además tenían un modo de prueba nada racional.
            Las Hundred Courts fueron poco a poco reemplazadas por la jurisdicciones regionales de un nuevo tipo de cortes, como las “Cortes Baron”, “Leets Courts”, y las “Memorial”.
            Estas cortes también aplicaban un derecho consuetudinario eminentemente local. 
Por su parte las “jurisdicciones eclesiásticas” instituidas después de la conquista aplicaban el derecho canónico común a toda la cristiandad.
La llamada ley común o Common Law va a ser elaborada para toda Inglaterra por la obra exclusiva de las “cortes reales de justicia”, las cuales tomaban normalmente el nombre del lugar de donde funcionaban, la más famosa de ellas fue la “Corte de Westminster”.

Competencia de las Cortes Reales
            Hay que señalar que el rey solo ejercía la llamada “Alta Justicia” en los casos excepcionales, por ejemplo si la paz del reino estaba en peligro o si las circunstancias hacían imposible una justicia satisfactoria por otras cortes.
            Las llamadas “curias del rey” o “curia regis” estatuían por medio de los colaboradores cercanos del rey, y las personas más cercanas del rey,  Esta es la corte de los grandes personajes y las grandes causas y casos.   No era una jurisdicción ordinaria abierta  a todo el mundo.
            Al interior de las curias regis ciertas jurisdicciones van a adquirir su autonomía como por ejemplo el parlamento, diferentes comisiones que cesaron de acompañar al rey y se instalaron de forma permanente en diferentes lugares, como es el caso de la Corte de Westminster.
            Sin embargo estas cortes no adquieren competencia universal por que era difícil someter a algunos señores feudales.  Sus intervenciones se limitaban a tres categorías de casos:
1.   Los asuntos de interés de finanzas reales que era la llamada Corte del Tesoro o Corte Exchequer.
2.   Los asuntos relativos a la propiedad de tierra que eran los tribunales y cortes de causas comunes o “common pleas”.
3.    Para los asuntos criminales graves que interesaban a la paz del reino conocidas como “Kings Brench” o tribunales del rey.
            Esta división de competencia (tres cortes) no se mantuvo como división operativa del sistema:  Tenemos que la Corte de Westminster” podía conocer todas las causas sometidas a la jurisdicción real, y el resto de los asuntos eran conocidos por las “County Courts”, por las jurisdicciones señoriales, eclesiásticas o jurisdicciones municipales.

Extensión de las competencias:
            Las causas de la extensión de la competencia de las cortes reales se deben a intereses del rey de ampliar su ámbito de competencia.  Por los beneficios que procuraban a la administración (pago de impuestos) provocada por la demanda de los particulares, ya que estos consideraban las cortes reales muy superiores a das demás por que entendían que la justicia aplicada en las cortes reales eran superiores y que ofrecían posibilidades de aplicar justicia.  Ejemplo, usar testigos, además solo estas podían asegurar la ejecución de las decisiones judiciales.  Solo el rey y la iglesia podían obligar a jurar.
            En consecuencia las cortes reales evolucionaron pudiendo modernizar sus procedimientos, sometieron sus juicios a un jurado a diferencia de las otras cortes que tenían un sistema arcaico de prueba.  Además conocían asuntos limitados.  Ejemplo, cortes eclesiásticas, asuntos de matrimonio y de disciplina del clero.
Apoderamiento de las Cortes
            Solo en el siglo XIX las cortes reales se convierten en jurisdicciones de derecho común.  Hasta 1875 fueron jurisdicciones de excepción, lo que significa que los particulares no podían apoderarlas por que no tenían derecho de apoderarlas.  Solo la autoridad real concedía el derecho de apoderamiento, bajo solicitud y haciendo uso de su mejor entender para otorgar el derecho de incoar un recurso, por lo que esto constituía un privilegio para el cual se debía:
1. Dirigir una instancia a un gran oficial de la corona, “el canciller”.
2. Se solicitaba la expedición de un “writ” o procedimiento (había procedimientos especiales para determinados fines).
3. Se pagaban derechos a la cancillería para apoderar a un tribunal.
Otra forma de apoderamiento era:
1.   Apoderar directamente a los jueces por vía de quejas o peticiones de las cuales alguna de ellas parecen más bien la cristalización de una práctica judicial (muchas veces las quejas eran tan común y repetitiva que ya estaba tipificada con un procedimiento determinado).  No se solicita una acción o un derecho sino un procedimiento para obtener un fin, es por eso que lo que no tenía procedimiento no se podía solicitar.
2.   Obtener la expedición de un “writ” y convencer a los jueces de conocer de la acción, que era muy difícil.
            En 1227 al siglo XVII se hizo una lista de writs y había 56 writs, en 1852 esta lista contenía 76 writs, conociéndose esta como Brevia curso.

Extensión de la competencia de las cortes
            La extensión de esa competencia no se debió a la extensión de los writs o de la Brevia curso, ni a un documento muy conocido llamado “second Statut de Westminster” del año 1285 que autorizó a la cancillería a otorgar writs en causas similares o “consimili casu”.
            La extensión de la competencia de las “cortes reales” se debió a que los jueces admitieran su competencia “super casum” y esto como resultado de demandas introductivas de instancias llamadas “declaration” con exposición detallada de los hechos llamadas “case” que solicitaban al juez conocerlos y decidirlos.
            Estas acciones se diversificaban y recibieron nombres especiales con relación a los hechos, por ejemplo la acción en negligencia.  No existe derecho si no hay procedimiento.
            En la corte de Westminster los procedimientos varían según la acción incoada, a cada acción correspondía un procedimiento que determinaba qué tipos de actos iban a continuar.
            Las condiciones de recepción de las pruebas varían de acuerdo al procedimiento.  Los incidentes venían dados por el procedimiento.  La recepción de las partes también eran dadas por el procedimiento.  También había un medio diferente de ejecutar la decisión según cada procedimiento.
            Estamos en presencia de un procedimiento que traía consigo su vocabulario, pues para designar al demandante y al demandado el empleo de las mismas palabras en otro procedimiento podía ser fatal.  En tal tipo de acción  tal tipo de juzgado, por ejemplo en un tipo de acción el defensor podía ser juzgado en defecto, pero en otro proceso no necesariamente, de manera que la importancia de los aspectos procedimentales difieren del derecho practicado en el derecho continental donde lo primordial es determinar la existencia del derecho o de la obligación pero jamás del procedimiento.
            En consecuencia el Common Law consistió en la existencia de una serie de procedimientos o “form action” cuya decisión era incierta y cuya importancia consistía en llevar a cabo un procedimiento lleno de formalismo.
            La derecho marcó la mentalidad del derecho inglés desde diferentes puntos de vista.

Importancia de los Aspectos Históricos con relación al Derecho Moderno
            Estos aspectos marcaron de manera duradera en cuatro básicos:
1.   Concentraron a los juristas en el procedimiento
2.   Determinaron las categorías y conceptos del derecho inglés.
3.   Condujo al rechazo a la distinción entre derecho público y derecho privado
4.   Facilitó la recepción en Inglaterra de categorías y conceptos del derecho romano
            Estos cuatro aspectos son básicos en el transcurso histórico.
1.- Concentraron los juristas en el procedimiento.- El procedimiento fue el aspecto más importante para los juristas hasta el siglo XIX.  Podemos decir que el common law no se presenta como un sistema orientado a proteger los derechos, sino que consiste esencialmente en las reglas de procedimiento consideradas propias a asegurar en casos cada vez más numerosos la solución de litigios conforme a la justicia.
2.- Determinaron las categorías y conceptos del derecho inglés.- Este aspecto podríamos ilustrarlo a través del derecho de los contratos.  En el siglo XIII los contratos se remitían a diversas jurisdicciones, por ejemplo las eclesiásticas, las municipales, etc.  Sin embargo la Corte Real de Westminster no conocía asuntos relacionados al derecho de los contratos por que no existía un procedimiento de naturaleza contractual para apoderarlo.
            Una de las formas de proceder para apoderar a la Corte de Westminster de un materia contractual era privilegiar la propiedad, así un deudor, un depositario o transportista de un bien  no eran considerados en función de su compromiso, sino en función de que detentaban una cosa que no le pertenecía, para lo que sí existía un procedimiento “writ of detinue”.
            En otras palabras, la obligación de ejecutar una promesa estaba ligada a la forma de como la obligación había sido contraida, por ejemplo en el del deudor el writ of debt por que el deudor que había reconocido en un documento sin averiguar si el documento de deuda tenía vicios del consentimiento; así los juristas buscaron otra forma de desarrollar el derecho d ellos contratos y así es que nace el “Proced Trepass”.
            El procedimiento o “writ de trepass” tenía por objeto sancionar una obligación de naturaleza delictual.  Las cortes sancionaban los compromisos contractuales por mala ejecución de un contrato con el “writ misjenasance” y por la no ejecución el “writ non-jeasance”
3.- Condujo al rechazo de la distinción entre Derecho Público y Derecho Privado.- Las cortes reales desarrollaron la idea de que el interés de la corona justificaba su intervención y que otras jurisdicciones debían intervenir si era interés de particulares. Así tenemos que el writ se presentaba técnicamente como una orden dada por el rey a sus agentes para que este ordenara al defensor a actuar conforme al derecho satisfaciendo el interés del demandante.  Si el demandado rehusa y el demandante actúa contra él su acción será justificada en la corte no por lo que opone al demandante, son por su desobediencia.
            El derecho inglés en el derecho público evoca por ejemplo un contencioso de anulación que resulta más bien ser un debate sobre le punto de saber si un acto administrativo, en este caso un writ o procedimiento, que emite la cancillería ha sido expedido con base.
            La anulación no la pedía la persona que se le había ocasionado el daño, es el que la ha obtenido y que entiende prevalecerse de esta, el que intenta una acción para que este acto sea confirmado (en lugar de pedir la anulación la otra parte pide que se confirme el acto)
4.- Facilitó la recepción en Inglaterra de categorías y conceptos de derecho romano.-  En el continente las jurisdicciones conocían todo lo litigioso sin que existiera un procedimiento particular en cada caso y por ese hecho pudieron modernizar sus reglas de procedimiento inspirado en el derecho escrito canónico.
            Contrariamente en Inglaterra las Cortes de Westminster tenían un procedimiento particular en cada caso.
Rivalidad en la Equity (1485-1852)
            Existe otra forma de hacer justicia que se fue desarrollando conjuntamente con esta que es la llamada “Equity”.
Las fechas importantes de este período están entre 1485-1832.  Con la esclerosis del common law y por su rígido procedimiento no se desarrolló la posibilidad de responder con libertad a los hechos que surgían ( los hechos no respondían a las necesidades del momento) lo que explica el desarrollo de un sistema jurídico rival que fue la Equity.

Surgimiento y evolución del sistema de la Equity
            Nace como un recurso a la autoridad real por que en el common law las decisiones no siempre eran del todo justas y la última posibilidad de obtener justicia era solicitársela al rey.
            Esta solicitud pasaba por cancillería y si esta lo juzgaba oportuno el rey estatuía un consejo para conocer del recurso.  Esto fue haciendo cada vez con más frecuencia (para que el rey dijera justicia) y estas decisiones tenían por objeto demandar y obtener equidad.  Podríamos decir que la equidad consistía en la aplicación de los principios jurídicos de las cortes con correctivos.
            El desarrollo del sistema de la Equity fue muy importante durante la dinastía de los “tudor” que era la dinastía inglesa, bastante absolutista que suponía que reforzar la Equity rea reforzar su poder.
            Llegamos al 1616 donde un hecho importante ocurre, que fue un conflicto entre le juez Coke, jefe de la oposición, y la cancillería liberal, que en el parlamento, el rey Jaques primero decidió en ese conflicto a favor de la cancillería y con esto aparentemente fortaleció a la Equity.
            En 1641 el parlamento obtuvo una importante victoria consiguiendo la supresión de la llamada “Cámara Estrella” que era una cámara que conocía asuntos criminales, la cual era temida por su rigor.
            Estos dos hechos provocaron un entendimiento tácito entre el sistema de la Equity y el de common law.
            Esto equipara las garantías y provocan una coexistencia de los sistemas lo que produjo que las cortes del common law admitían la intervención de la cancillería y sus precedentes. A su vez la naturaleza de la Equity se transformaba y el canciller va a actuar más como un jurista que como una autoridad moral.
            Así tenemos el nacimiento de una estructura dualista en el derecho inglés.  A su vez la Equity se fue convirtiendo cada vez más en reglas tan estrictas como aquellas del common law, aunque para los ingleses la Equity constituyó un conjunto de reglas que vinieron a corregir el derecho inglés en el curso de la historia y que constituyeron hoy una pieza integrante del mismo.

RECOPILACIONES IMPORTANTES EN EL COMMON LAW
a)   Recopilaciones doctrinarias.- En el siglo XV tenemos a Lettleton, con “Les Tenures”; en el siglo XVII Coke publica “Institutes of the Laws in England”, Sain Germain “The doctor and student”, recopilando un dialogo entre partidarios del derecho romano y del common law.
b)   Recopilaciones de decisiones judiciales.- Tenemos en materia de jurisprudencia las llamadas “Reports”, que eran las antiguas crónicas jurisprudenciales que existieron antes con le título de “The years book” en 1555 y que conservan tanto interés práctico que fueron reimpresas en el “English Report”.  Por su parte el Jurista Blackstone publicó los comentarios del derecho inglés en el “Law of England” donde describió el derecho inglés de la segunda mitad del siglo XVIII.
A.4.- El Período Moderno.- Durante este período aparecen dos grandes momentos:
1.   Las reformas que se producen en el siglo XIX
2.   Las reformas que se producen en el siglo XX
1.  Las reformas del siglo XIX.-  El siglo XIX fue considerado como una época de transformaciones en el derecho inglés.  En el momento del triunfo de las ideas democráticas; se producen reformas en el procedimiento, los ingleses comienzan a prestar más atención a este.
            Por su parte la organización judicial es objeto de profundas modificaciones mediante los “Judicature acts”.  Estos suprimieron la distinción entre las cortes del common law y la Equity, en consecuencia todas las jurisdicciones pasaron a ser competentes para conocer ambas reglas en cuanto a la organización judicial.
            En cuanto al fondo del derecho del siglo XIX se abocaron a la derogación de leyes obsoletas y a la purga de decisiones arcaicas.
            Sin embargo la obra legislativa del siglo XIX no le hace perder el carácter tradicional al derecho inglés y no se produjo una codificación en Inglaterra y se mantuvo la tradición aunque abrió nuevas posibilidades y nuevas orientaciones.
2.  Las reformas que se producen en el siglo XX.-  En el siglo XX el mayor reto del derecho inglés es ofrecer un sistema jurídico que pueda responder a una evolución social y política que ya corresponden al estado de “wellfare state” y una corriente socialista domina cada vez más las concepciones de una corriente liberal que existió hasta 1914 (Primera Guerra Mundial).  Lo que trajo como resultado una mala adaptación del common law.
            Las leyes y los reglamentos comienzan a tomar importancia.  Concomitantemente a esto se deben crear nuevos organismos para la resolución de nuevos conflictos.
            Las cortes se vieron desbordadas y aparecían como no aptas para cumplir con estas tareas, a las que por su parte los países del continente estaban mejor preparados; es así como se produce un movimiento de acercamiento entre el sistema jurídico inglés y el sistema jurídico del continente, favorecido por las necesidades del comercio internacional por los valores sociales occidentales y sobre todo por la entrada del Reino Unido a la Comunidad Económica Europea en 1972.

B.- ESTRUCTURA
B.1.- Divisiones y Conceptos del Derecho Inglés
B.1.1.- El Common Law y la Equity.-  Las divisiones y conceptos del derecho inglés son completamente originales.  En el derecho francés la regla es una elaboración de l a doctrina y la legislación, en el derecho inglés es una elaboración del la jurisprudencia.
            El derecho inglés está elaborado fuera de una preocupación lógica, por que es el resultado de una imposición del procedimiento.
            Así tenemos la Equity, que es el cuerpo de reglas, que si no hubiera intervenido la reforma de los “judicature acts” (1875), serían aplicadas de manera exclusiva por las jurisdicciones especiales, esto es por las llamadas “cortes de Equity”.
Rol de las universidades en el derecho inglés.-  En el siglo XII en Inglaterra se enseñó derecho  romano y derecho canónico. En el 1758 fue instituido el primer curso de derecho inglés en la universidad de Oxford.  En 1800 se ofreció la misma cátedra en Cambrige.
            Los juristas en Inglaterra eran creados en la práctica y no en las universidades.  Con esto podemos decir que el common law y la Equity so elementos fundamentales en el derecho inglés que equivale a nuestra distinción de derecho público y derecho privado.
            El origen de la Equity fue un conjunto de remedios (correctivos) otorgados a la jurisdicción de la cancillería en el siglo XV y siglo XVI para contemplar y revisar el sistema del common law.
            Cuando las cortes reales no podían ser apoderadas o no podían aportar los correctivos se formulaba una solicitud de intervención al rey para que lo hiciera según su conciencia.
            Por su parte el canciller nunca trató de crear nuevas reglas sino seguir la ley moral por lo que la conciencia es el fundamento de la Equity, esta interviene de forma que la moral perfecciona el derecho y este perfeccionamiento es operado a través de la cancillería.
La Equity es contraria a la conciencia de que actúa aprovechándose del estado imperfecto del derecho.  El canciller actúa mediante el “Equity acts in personan” y a través de esta da orden o mandatos ordenando o prohibiendo un comportamiento conforme a la ley moral (el canciller interviene en ánimo de moralidad).
La consecuencia de contravenir una orden del canciller era la presión, pero en cualquier caso la intervención del canciller es discrecional.
Procedimiento
El procedimiento es escrito, inspirado en el procedimiento canónico y no supone la colaboración de un jurado, en consecuencia le rol del abogado es diferente.
La Equity no pronunciaba nunca una condena en pago de indemnización en daños y perjuicios.  Esto operaba de tal forma que en un mismo caso se podía operar 2 procedimientos, uno por la Equity y otro por el common law (sobre los mismos hechos y por las mismas causas).  Por ejemplo en el caso de un incumplimiento de un contrato se podía intentar una acción en daños y perjuicios por mora ante el common law y ante la Equity puede intentarse una acción en  cumplimiento en especie.
Lo importante de esto es que en 1875 por medio de los “Judicature Acts” estos dos sistemas se fusionan, por lo que todas las acciones se intentaban ante un mismo tribunal aunque se conservaron los dos procedimientos y es así como se especializaron los “Common lawyers” y los “Equity Lawyers” los cuales suponían diferentes gustos, diferentes actuaciones y deferentes disciplinas jurídicas.
Transformaciones
La Equity sufrió transformaciones y terminó abarcando algunas materias nuevas como las compañías por acciones en materia de quiebra, al tiempo que abandonó otros remedios (correctivos) como fue algunos asuntos relativos al derecho de los contratos.
Al día de hoy la Equity abarca materias adecuadas a procedimientos escritos en tanto que el common law mantiene su ámbito en materias de procedimiento oral.
Hoy lo importante es saber que rama jurídica es la que se va a operar para saber en cual de las dos esferas se va a proceder.
Por otro lado tenemos que el common law abarca derecho penal, derecho de los contratos, la responsabilidad civil (tors) y a su vez aplica normas originadas en la Equity como son  las mis representations  (falta de representación) y las undo influence (influencias de deshacer).
Por su parte la Equity abarca las materias de real property (propiedad inmobiliaria), el Trust, las sociedades comerciales, la quiebra, interpretación de testamento, liquidación de sucesiones.
En consecuencia coexisten dos sistemas que operan diferentes materias.  Las relaciones de estos dos sistemas han venido modificándose y se ha producido una especie de racionalización del derecho inglés, sin abandonar estas categorías.

B.1.2  El Trust
            Es el aporte y creación más importante de la Equity y un concepto fundamental en el sistema inglés, desconocido en la familia neo-románica.
Las Partes en el Trust
            La constituyente del Trust “Settlor of the Trust” que es el que da el Trust
            Los que administran los bienes “trustees” que son los que operan o administran los bienes a requerimiento del constituyente, puede ser uno o varios
            Los beneficiarios del Trust “centues que  Trust” son los que reciben los beneficios que producen los bienes administrados por los trustees.
El constituyente del Trust o el settlor of the Trust estipula que determinados bienes serán administrados por uno o varios trustees en interés de una o varias personas llamadas centuis que Trust.
El Trust es una institución que permite una protección a incapaces y a la mujer casada, a la liquidación de sucesiones y sirve a las funciones que entidades de utilidad pública.
En materia de sucesiones es una institución que evita gravar los bienes heredados si tres años antes estos bienes fueron otorgados en Trust.
En el derecho francés tiende a verse como una aplicación del principio de la representación y les asombra que un administrador o trustee pueda tener en cierto momento la propiedad de los bienes, así podemos decir que el Trust solo puede explicarse a través del historia.
En el derecho inglés el Trust es diferente a la representación del derecho francés.  El trustee es propietario de los bienes, los administra a su propio juicio y pude disponer de los bienes y solo tiene limitaciones morales.  Debe administrar como buen padre de familia, debe entregar las rentas a los beneficiarios acciones, además el common law no reconoce ninguna ación al beneficiario para hacer valer sus derechos, es por eso que precisamente se acudió a la cancillería si el trustee no se comportaba de acuerdo a la confianza que le había sido otorgada y cuando en contra de su conciencia no explotaba en beneficio de los beneficiarios los bienes o rentas, por ejemplo no entregaba las rentas.  Esto permitió que el canciller interviniera ordenando al trustee que se comportara de determinada manera y que entregara a los beneficiarios y podía ordenar la prisión del trustee si este no cumplía.
Para la Equity como para el common law el trustee sigue siendo propietario con poderes de disposición sobre los bienes pudiendo este vender, hacer donación, transmitir la propiedad al adquiriente al que se vende, etc.
En caso de enajenación de bienes la Equity interviene de dos formas: si la adquisición es a título oneroso y si es a título gratuito.
1.  Si la adquisición es a título oneroso: El trustee se considera trustee de la suma recibida de la venta o de los bienes adquiridos en dicha venta (se subroga por sustitución de bienes)
2.  Si la adquisición es a título gratuito o de mala fe: El adquiriente será propietario legal y al mismo tiempo trustee debiendo exportarlo en interés del beneficiario.
La categoría de Trust se ha desarrollado con su propio ámbito independientemente del derecho de los contratos.
La naturaleza de los derechos del “Cestuir” (Tanya cada vez lo escribe diferente) o beneficiario
En derecho estricto no tienen ningún derecho, solo tienen intereses (beneficial interest) garantizados según ciertas normas.
El Trust sería el resultado de un desmembramiento de la propiedad distinto a la representación. 
En la concepción romanista de la propiedad esta tiene tres prerrogativas: el usus, el frutus y el abusus, pero constituye una arbitrariedad equiparar el uso y la administración, por que cuando tu administrar puedes reparar el bien, pero cuando tu lo usas no.
Es también arbitrario agrupar el abusus o el derecho de destruir la cosa a la figura inglesa de realizar actos de disposición de la cosa.
El trustee es un propietario cuyas prerrogativas han sido limitadas por acto de constitución del Trust.
En conclusión el trustee puede realizar actos de administración y actos de disposición, pero no tiene ni el uso ni el goce, ni el derecho de destrucción de la cosa ( por lo que no se asemeja al propietario del derecho romano).
En derecho romano no es posible el desmembramiento del propiedad que se opera en el Trust sin embargo para el jurista inglés el principio del libre desmembramiento de la propiedad es natural como para nosotros es el principio de la libertad de contratación.
Están también en el derecho inglés los conceptos de: Joint Tenacy, Tenacy in common, que son ambas dos formas de copropiedad. 1.Las Tenancy in Common.- Se asemeja a la copropiedad.
2.Las Joint Tenancy.- Nadie puede suceder en sus derechos al copropietario sino que se reduce el número de sub-titulares.
            Con relación al Trust podríamos decir que el beneficiario se convierte en un “tenancy in common” copropietario y el trustee en un Joint tenacy.
            Si hay varios trustee para un mismo bien los actos de disposición y administración suponen que deben tener el acuerdo entre los diferentes trustees.
            Si un trustee desaparece los bienes serán administrados por los sobrevivientes salvo si se designa un nuevo trustee por los sobrevivientes.
            El Trust evidencia la diferencia entre el derecho francés y el inglés.

B.1.3.- PROCEDIMIENTOS Y REGLAS DE FONDO
La tendencia de los juristas del derecho romano es acordar una importancia muy grande al conocimiento de las normas y un cierto desdén al procedimiento, a la prueba y a la ejecución de los actos jurisdiccionales. En Roma se distinguía entre los abogados y los prudentes.
Los abogados eran inferiores en rango a los prudentes.  Estos eran oratores y el jurista conocía el derecho racional del derecho romano y el práctico los reglamentos locales.  Así que tenemos que el derecho inglés no es derecho universitario ni de principio, es un derecho de procedimiento elaborado por los prácticos.
En Inglaterra el jurista es el juez y es reclutado de los prácticos.  En Inglaterra existe dificultad de llegar al fine del proceso pero al llegar al fin del proceso hay confianza en lo razonable de la solución.
En los últimos cien años se ha simplificado el procedimiento.  El derecho ha sido sistematizado y los juristas ingleses presentan las universidades.  Sin embargo el espíritu tradicional y las mentalidades se mantienen.
Los procedimientos conducen a la audiencia pública llamada “day in court” con procedimientos orales, con audición de testigos, no existe un expediente del asunto por que eso permitía al jurado seguir el asunto.
Las decisiones deben ser dadas a conocer inmediatamente y el jurado cuando existe debe disolverse lo antes posible.
Una característica de este derecho es el exceso de derecho probatorio por la importancia del procedimiento.
En el espíritu actual de los juristas ingleses el procedimiento sigue siendo un asunto de mucha importancia en tanto para un jurista francés importa más el principio y las libertades ligadas a ese principio, para el jurista inglés eso son fórmulas vacías por que equivaldría en algunos casos a un derecho sin posibilidad de realizarlo.
En Inglaterra la mayoría de los litigios se resuelven por tribunales inferiores, por convenciones, contencioso administrativo y por arbitraje privado.
El control de los tribunales superiores puede afectar la forma de aplicar e interpretar el derecho, así como el modo en que se ha producido el procedimiento.  La decisión de un arbitro solo será censurada si su comportamiento es reprensible o “mis conduct” (conducta errada).  No se trata de verificar si la decisión adoptada por la administración se justifica o no, lo esencial es que haya sido adoptada al término de un procedimiento leal.  Se procede a la audición de todos los interesados para que puedan pronunciarse con conocimiento de causa.
El jurista confía en la decisión de la administración, razón por la cual en esta no existe el procedimiento de exceso de poder, sin embargo en Inglaterra el jurista puede obligar a la administración a motivar las decisiones.  Sin embargo el Consejo de Estado Francés obliga a la administración a motivar las decisiones, a que una ley así lo diga lo que se pide es la nulidad del acto.
Hay dos principios básicos en el derecho inglés:
a)   El fair trial (el trato justo en el proceso)
b)   The due process of law (debido proceso de ley)
            El derecho inglés es un derecho concebido desde una perspectiva contenciosa y parece preocupado por la administración de justicia que la propia justicia porque entiende que por esa vía se llegará a una solución más justa, a diferencia del derecho francés, sistema en el cual hay que decirle al juez cúal es la decisión más justa. 
            La eficacia de las decisiones en el sistema inglés es muy importante.  Es inconcebible para un inglés que alguien pueda burlarse de la justicia, igualmente le resulta sorprendente que en algunos países pueda ser necesario otro proceso para hacer ejecutar una decisión judicial; ni un particular ni la administración podrían burlarse de la justicia.
            La norma jurídica “legal rule”
a)   La concepción jurisprudencial de la norma inglesa
b)   El carácter de generalidad de la norma inglesa
c)   El carácter anormal de la norma legislativa
d)   Importancia del derecho supletorio
            El sistema y el derecho inglés es una norma jurisprudencial ( no como el sistema francés que es legislativo). Para los ingleses lo fundamental es el “case law” (ley del caso) derivada de las decisiones de los tribunales superiores ( que son los únicos que ligan en el sistema de precedente).
            La legal rule (norma de carácter jurisprudencial) se sitúa a nivel del caso concreto y las disposiciones jurisprudenciales del derecho inglés equivalen a las disposiciones legislativas del sistema neo-románico.
            La norma jurídica inglesa solo es posible entenderla en todo su alcance cuando se conocen todos los elementos del litigio, diferente a la norma jurídica francesa que es formulada por la doctrina y la legislación y que es susceptible de dirigir la conducta de los ciudadanos en la generalidad de los casos, sin relación substancial con un litigio en particular.  En consecuencia ambas normas no tienen el mismo grado de generalidad.
            Para un inglés, la norma francesa está situada a nivel del principio jurídico y la considera más bien como un precepto moral.
            En sentido inverso para un francés la legal rule se presenta como una aplicación particular de carácter casuístico.  En consecuencia los sistemas neo-románicos constituyen conjuntos coherentes y lo que podría llamarse sistemas cerrados;  un problema puede o debe ser resuelto mediante interpretaciones.
            El derecho inglés podría calificarse de un sistema abierto que supone un método que permite resolver cualquier cuestión que se plantee y carece de normas sustantivas para cualquier circunstancia.  Así la técnica propia del derecho inglés no es interpretativa de las normas; sino que a partir de las legal rules ya formuladas se propone descubrir la legal rule aplicable al caso concreto.
El jurista toma muy en cuenta las razones para distinguir la situación actual de la situación pasada y así una situación nueva supone una norma nueva.  Al juez le corresponde hacer justicia a diferencia de formular términos generales que rebasen por su alcance el litigio.  El common law es la obra de jueces vinculada a la técnica de las distinciones y no de la interpretación.
En el sistema inglés la norma legislativa tiene un carácter excepcional y por mucho que se esfuerce el legislador en formular normas de carácter concreto la disposición solo será asimilada al sistema cuando haya sido reafirmada o desnaturalizada en los tribunales.  En consecuencia se deduce una imposibilidad de codificación del derecho inglés y una relativa inflación jurídica.  El sistema francés contrariamente quiere reducir el derecho a algunos principios otorgando excesiva libertad al juez.  Así para un inglés el derecho francés es un conjunto de cuadros fácil de alterar (por ser vagos o generales) y para un francés el derecho inglés aparece saturado de definiciones legales y de soluciones de detalles.  En igual sentido la distinción entre el derecho imperativo y norma supletoria resulta inexistente en el derecho inglés.
La norma supletoria solo es concebible desde la perspectiva de la doctrina o de la legislación mediante casos tipos.
El juez inglés no tiene que considerar casos tipos, sino que se pronuncia sobre un caso concreto tomando en cuenta los precedentes.
En Inglaterra no se reconocerá el carácter de normas jurídicas a fórmulas generales concebidas para ello como norma de carácter doctrinal.  Ejemplo para un inglés habrá un contrato de cláusulas implícitas (implicits conditions) y no normas supletorias.

C.- FUENTES DEL DERECHO INGLES
Tenía cuatro fuentes básicas
1.  La jurisprudencia
2.  La ley
3.  La costumbre
4.  La razón
C.1.-  La Jurisprudencia
            La ley ha desempeñado un rol de segundo rango con relación a la jurisprudencia, pero hoy día cobra mayor importancia que antes y constituyen las dos fuentes mas importantes que no son la costumbre.
            Estos son los dos puntos básicos para entender la jurisprudencia:
C.1.1.-  La organización judicial inglesa
C.1.2.-  La regla de precedente
La organización judicial inglesa.-
Los judicatures acts fusionaron los tribunales del common law y de la Equity.  Los tribunales del common law estaban constituidos por las Cortes de Westminster, Queens Bench, Exchequer y Common Pleas; el Equity estaba constituido por la cancillería.  Así surgió una única jurisdicción superior que fue la “Supreme Court of Judicature” o suprema corte de la judicatura, sometida al control de “la Cámara de los Lores” esta está compuesta por las instancias de High Court of Justice y Court of Appeal, que constituyen los tribunales superiores ingleses.
La High Court of Justice tiene tres divisiones
1.  La división de Cancillería (Chancery Division)
2.  El Banco de la Reina (Queen´s Bench)
3.  División de Familia (Family Division)
            Todas estas divisiones son competentes para conocer de todos los asuntos.
            Otra característica del sistema inglés es que tiene un número reducido de jueces.  Ejemplo High Court of Justice tiene 63 jueces, la Corte de Apelación 12 jueces.
            Los jueces se reclutan entre los abogados y es una culminación de su carrera.
            Los asuntos se someten en primera instancia ante la decisión de un juez único asistido en cuestiones de hecho por un jurado de 12 miembros.
            En segunda instancia el caso es fallado por dos o tres jueces, salvo casos excepcionales en los que pueden hasta nueve jueces.  Cada juez expresa su opinión por separado y se rechaza el recurso cuando no se forma una mayoría para modificar la decisión recurrida.
            En la Cámara de los Lores se puede recurrir las decisiones de la corte de apelación.  Es un recurso de carácter excepcional y al año solo conoce un promedio de 30 casos.  Estos son sometidos a un número variable de lores pero nunca inferior a tres y solo tienen capacidad jurisdiccional el Lord canciller, los nueve lores a quienes se les ha concedido el título de “Lord of Appeal In Ordinary” también tienen capacidad de conocer casos judiciales los lores que han ocupado ciertas funciones judiciales normales.  Los asuntos son conocidos por cinco de ellos, y aveces siete.
            Cada lord emite por separado su opinión y se llama speech se rechaza el asunto cuando no hay mayoría para admitirlo.  A ese nivel el derecho inglés ignora el recurso de casación.
            Tanto la corte de apelación como la cámara de los lores conocen el fondo del asunto recurrido.
            Las jurisdicciones inferiores.-  Dentro de estas están los “country Court” que fueron constituidos n 1846 para conocer materia civil.  Desempeñan un rol fundamental en la justicia inglesa.  La ley les ha atribuido una extensa competencia.  Por su parte la materia penal tiene jurisdicción variada.  En materia criminal por ejemplo pueden estar constituidas por tres colegiados con jurado y personales sin jurado.
            Las infracciones menores y la mayor parte de las infracciones mayores son juzgadas sin jurado por ciudadanos a los que se les ha concedido el título de “justice of  the peace”, estos no son juristas y ejercen sus funciones por un secretario letrado llamado “clerk”.  No reciben retribución y excepcionalmente cuando actúan en grandes ciudades son retribuidos.
            Las decisiones de estos magistrados es recurrible según los casos y las dos instancias son “Quarter Sesions” y Banco de la Reina.
            Las infracciones graves (criminales) son conocidas por Quarter Sesion por jueces de paz  y en números variables por un juez del Banco de la Reina en viático.  Esta función del juez enviado por el Banco de la Reina recibe el nombre de Assize.  Estos casos exigen la presencia de un jurado cuando el acusado sostiene su no culpabilidad.
            En las ciudades de más de 50 mil habitantes los Quarter Sesions se sustituyen por un “recorder”, que es un miembro de la abogacía que se le retribuyen por sus funciones.
            En Londres el tribunal de Quarter Sesions y los Assizes se sustituyen por la “Central Criminal Court”.
Casos contenciosos casi judiciales
            Estos están compuestos por organismos diversos como son: Los Boards, las Comissions y los Tribunals, que tienen una competencia cuasi judicial en materia administrativa que resuelven las dificultades creadas por ciertas leyes.
            En la realidad desempeñan el rol de tribunales administrativos de carácter inferiores ejercido por no juristas.  Permanecen bajo el control de la Supeme Court of Judicature.
            En Inglaterra no existe la división de jurisdicción administrativa y ordinaria y no existe un tribunal superior de carácter administrativo, es decir no hay un Consejo de Estado como en Francia
Estos organismos tienen por misión descargar a los verdaderos tribunales.  Digamos que el poder judicial en Inglaterra en una instancia que tiene un poder real en el sistema inglés equivalente a los otros poderes del estado.
Los tribunales superiores no son los únicos que administran justicia en Inglaterra, aunque tienen un número no jueces reducidos son asistidos por auxiliares llamados masters y special commissioners.  El 90% de los asuntos civiles son juzgados por los tribunales del condado o country courts.
Los jueces de la suprema corte de la judicatura y de la cámara de los lores son los únicos que se consideran detentadores del poder judicial.
Los tribunales de justicia representan un auténtico poder, porque no hay que olvidar que fueron estos que elaboraron el common law y la Equity y desarrollaron el derecho inglés, y por demás no se produjo en Inglaterra ninguna codificación que desplazase el poder judicial al poder legislativo.  En consecuencia los tribunales ingleses son dueños de la administración y elaboración del derecho, determinan sus procedimientos mediante reglamentos procesales y no por el parlamento.
Podría decirse que es una costumbre en Inglaterra que no existe ninguna decisión contenciosa que no caiga en el control de los tribunales de justicia.  El poder judicial entiende tener una injerencia natural en materia de asuntos contenciosos  y lo hacen a través de los “inherent right”.
El poder judicial y su independencia es una condición esencial sin la cual no pueden darse las libertades inglesas y al buen funcionamiento de loas instituciones.
En los tribunales ingleses no existe fiscal o ministerio público por que para ellos es inconcebible que con su enorme credibilidad ellos precisen dela injerencia de un poder ejecutivo, esto les parece destruir su dignidad.  No existe tampoco un Ministerio de Justicia.
La autonomía del sistema judicial inglés descansa en el modo de reclutamiento y formación de sus juristas y del control exclusivo de la autoridad judicial sobre estos.
Pero podría calificarse en Inglaterra una concentración de poder al interior del poder judicial cualquiera puede acudir directamente a la suprema corte de la Judicatura y esta resuelve sobre la admisibilidad de los casos.  Esta hace respetar sus decisiones mediante las “prerrogatives orders” hacen pesar eficazmente su amenaza contra quienes no cumplan sus decisiones (por lo que el desacato no existe) independientemente si son jueces o particulares los que incumplan.
Se puede hablar también de una concentración del poder judicial en Londres, al igual que la abogacía donde todos los abogados pertenecen a una de las cuatro corporaciones “Inns of Court”
En definitiva la concentración de poder judicial en Londres está en manos de un pequeño número de jueces de gran prestigio lo cual constituye un rasgo del sistema inglés.
Solo las decisiones de la suprema corte de la judicatura y la cámara de los lores son vinculantes (que crean el sistema de precedente que es el que compone elj sistema jurisprudencial)

La regla del precedente o “Rule of Precedente”
A diferencia de los países europeos en el sistema neo-románico los principios se buscan en normas preestablecidas contenidas en los códigos y la jurisprudencia juega un rol secundario.
En el sistema inglés la jurisprudencia crea normas y aplica normas de tal suerte que fuera de la jurisprudencia no existe el derecho inglés.
El respeto de las normas jurisprudenciales son el fundamento del sistema inglés y tienen base vinculante desde el siglo XIX.  Es sistema de precedente puede descomponerse en tres posiciones:
1.Las decisiones de las cámaras de los lores son precedentes obligatorios a todas las jurisdicciones.
2.Las decisiones de la corte de apelación constituyen precedente obligatorio vinculante a todas las jurisdicciones inferiores incluida la propia corte.
3.Las decisiones de las altas cortes de justicia se imponen sobre las decisiones inferiores sin ser estrictamente obligatorias a las otras divisiones de la corte se adhieren a ella.
Pero el sistema de los precedentes se ve simplificado porque los únicos precedentes vinculantes son los que emanan de los tribunales superiores, las decisiones de los otros tribunales y organismos cuasi judiciales no constituyen precedente obligatorio pero tienen un valor persuasivo.
Forma de las sentencias inglesas.-  Se reducen a una sencilla cláusula dispositiva que dice “fulano está obligado…” por que no tienen que motivarlas y las partes no se cuestionan el por qué de esa decisión. Los jueces ingleses no tienen por que motivar sus decisiones por que sería un atentado a su dignidad (una ofensa).
Al margen de las decisiones judiciales están las costumbres de que los jueces expongan las razones para llegar a su decisión, pero más bien lo hacen con un fin educativo, informativo y formativo para los estudiantes de derecho y abogados en formación y asumen así un rol semejante a un profesor; exponen así las normas y principios relativos a la materia y llegan a consideraciones que rebasan el caso (juzgar expetito).
La aplicación de la regla del precedente exige un analisis de los comentarios de las decisiones judiciales y en las reasons que apoya sus decisiones el juez distingue las ratio decidende (base de sus decisiones) y la obider dictum (es la que declara sin que sea necesario que se motive.
La ratio decidendi constituye una norma jurisprudencial que se incorpora al derecho inglés y que debe ser observada en el futuro.
El obiter dictum no goza de esa autoridad de la ratio decidendi, sino que goza de autoridad dependiendo del juez que la haya emitido.

Regla del precedente en la Equity
Solo se aplica cuando ha dejado de ser Equity y se convierte en normas jurídicas complementarias o rectificadoras del common law.
En la práctica hay que decir que es poca la diferencia entre ambos sistemas.  La regla del precedente en materia legal también opera la interpretación de las leyes en el statute law, pero por carecer de fundamento ha recibido críticas por que hay un riesgo de disposiciones legales invadidas por disposiciones jurisprudenciales e igualmente subyace un riesgo de que se esfume el espíritu de la ley.
2da Fuente del Derecho Inglés: La Ley
Junto a la ley existen las más diversas disposiciones reglamentarias promulgadas por las autoridades de ejecución de una ley.  Esto se le llama delegación subsidiaria.
En Inglaterra no existe como escrita sino un conjunto de normas legislativas y jurisprudencia que garantizan las libertades fundamentales y ponen límite al arbitrio de las autoridades.
El parlamento no tienen otro control que sea el de la opinión pública y la teoría clásica ve en la ley una fuente secundaria del derecho inglés que aporta “errata” (comentarios) “Addenta” (aditamentos)
No debe buscarse en la ley los principios fundamentales de derecho.  La ley es una obra de un parlamento soberano que representa toda la nación y que merece mucho respeto.  Serán aplicadas de manera estricta por los jueces, razón por la cual se debe ser muy cuidadoso la realizarlas.  Se podría decir que la ley es un derecho extraño al derecho inglés y solo será incorporado al sistema en la medida que son aplicadas.
Se citará la sentencia y no el texto legal, y será en esa medida que el jurista le encontrará sentido.
Importancia actual de la ley.-  Desde hace cien años se ha producido en Inglaterra un extenso movimiento que importantiza la ley.  Después de la guerra se multiplicaron las leyes de administración y las leyes de carácter dirigista y socialista.  Están muy alejadas del espíritu liberal del common law.
Esta ley ha venido a regular las relacines entre ciudadanos y la administración en ciertos sectores que son nuevos en la vida pública y podríamos decir que surge en Inglaterra la necesidad de constituir una sociedad nueva influenciada por la legislación.  La seguridad social en materia de urbanismo, en materia de reforma del sistema educativo y sanitario, en materia de transporte.
Es casi imposible aplicar un principio de interpretación tradicional, tanto más que el parlamento exige que esta legislación sea aplicada respetando el espíritu de su elaboración.
El “law commission act” es una nueva administración encargada de estudiar, modificar a fondo la interpretación del derecho inglés, aunque se reconozca que lo esencial será transformar junto con el espíritu de la ley, el espíritu de los jueces y el espíritu de los juristas.
De esta forma se cosntruye un sistema complementario de normas prescritas por el legislador o la administración que incluso guarda cierta analogía con el derecho francés, aunque no exista en Inglaterra un sistema administrativo independiente del sistema judicial.  El poder judicial controla de modo soberano la aplicación de nuevas leyes.
Puede ocurrir que este control tenga un ámbito limitado de competencia, incluso podría ocurrir que se limite a un control sobre los procedimientos.
Así el derecho administrativo viene siendo aplicado por comisiones diversas y surgen los public officers lawyer.  En consecuencia puede apreciarse el papel de la legislación con un rol más importante que lo que la tradición le atribuyó.
Cómo se citan las leyes.-  Se citan sin distinción de fecha exacta mediante una breve indicación prevista en uno de los artículos d ella ley, ejemplo mediante el “Local Gouverment Act” los artículos son denominados “sections” (s), los párrafos son diferenciados por “subsections” (sub).
3era. Fuente del Derecho Inglés: La Costumbre
Es de importancia secundaria. Nunca pasó de ser una ficción cuyo objetivo era apartar a los jueces de la ficción.  El derecho inglés era consuetudinario antes del common law, este es esencialmente un derecho jurisprudencial basado en la razón como sustituto de la costumbre.
Existen en Inglaterra costumbres de carácter local, y cabe señalar que en el 1265 una norma declara el carácter inmemorial de la costumbre, declara que esta constumbre era la existente hasta 1189.
La costumbre hoy no es obligatoria si se prueba su existencia antes del 1189.  Numerosas costumbres han sido sancionadas por los tribunales, por las leyes lo que hace que pierdan su carácter consuetudinario.
Las costumbres locales son diferentes a las mercantiles, solo es el carácter inmemorial de la costumbre solo aplica a las locales.
La importancia de las costumbres hoy podríamos ilustrarlas con varios ejemplos sin importar señalar su importancia en la vida inglesa y no en el sistema jurídico, sin embargo podríamos citar en materia consitucional el carácter casi absoluto de la monarquía inglesa, por ejemplo los ministros son los comisarios de la reina, y pueden ser destituidos por esta.  Los navíos de guerra y los edificios son de la reina, a los funcionarios se les paga por “ex-gratia” de la reina.
Hay que tomar en cuenta las “convention of constitution” derivadas de las costumbre y que dominan la vida política inglesa.  Otro ejemplo en el ámbito penal son las prácticas de la policía denominadas “judges rules” que tienen un carácter no jurídico y su origen se encuentra en un prefacio de un libro publicado en 1882 .
Otro ejemplo en materia laboral es que las convenciones entre patronos y obreros son consideradas como compromisos de honor. En la vida social hay numerosas costumbres que no se dudan (tea time).
4ta. Fuente del derecho inglés:  La Razón
Tiene sus orígenes en el common law.  Sigue siendo una fuente importante del sistema, los tribunales tienden a llenar las lagunas del sistema.  El sistema casuístico inglés genera lagunas que la razón debe suplir.
Las lagunas es la búsqueda de la razón más razonable en un litigio cuando no existe nungún precedente ni ninguna costumbre ogligatoria.
Es un ejercicio que busca la solución más armoniosa con la norma existente, y para aplicarla hay que buscar los principios generales de la norma existente, y tendrán que recurrir a los “obiters dictum” como las obras doctrinales.  En conclusión el sistema inglés es un sistema jurisprudencial y no consuetudinario.
El common law determinó el fin del derecho consuetudinario.  La ley en Inglaterra no está consignada en códigos, en derecho inglés la regla del precedente no se aplica con automatismo.  Su fin es ofrecer los cuadros fundamentales. Es a su vez la técnica fundamental del derecho inglés.  En Inglaterra no se hablará de cambio fundamental, sino de evolución jurídica por medio de las distinciones.
5ta. Fuente del derecho Inglés: La Doctrina
La doctrina ha sido subestimada en Inglaterra, aunque ciertas obras han recibido el título de “book of authorities” y estas gozaron de gran autoridad.  Desde el siglo XIX las universidades los textos.  Las universidades no enseñan procedimiento.

El derecho de los Estados Unidos.-
En lo que respecta a la formación del sistema americano podemos distinguir varios momentos:
El derecho indígena.- Era un derecho consuetudinario, que todavía hoy goza de independencia, este derecho se le aplica los indios de las reservas, y a los extranjeros (aquellos que no son indígenas) que están allí. A diferencia de la relación de los indios en los estados de la unión.
Presencia francesa (desde Canadá hasta Loussiana).-  En Loussiana se aplicaba la costumbre de París, en noviembre de 1503 Francia vende Loussiana a EU, por la presencia francesa el derecho francés mantuvo importancia, así en materia de familia, regímenes matrimoniales, sistema de bienes, y una influencia del common law en materia de responsabilidad delictual.
Aplicación del derecho español.-  En una parte del territorio subsisten rastros de este derecho, en Florida, Nuevo México, Texas, sobre todo en materia de sucesiones.
Colonización Inglesa.-  El principio que aplicaron los colonos era que el derecho inglés debía ser aplicado en las colonias. 
El primer establecimiento inglés data del siglo XVII, y así se fueron estableciendo las 13 colonias, y el caso de referencia de la época fue un caso resuelto en 1608, y fue el caso “Calvino” que establecía lo siguiente:  El common law era en principio aplicable a la colonia, y que también eran aplicables las leyes anteriores.  Establecían el principio de que el common law solo era aplicable en las colonias en la medida en que se adapten a las condiciones de vida de las colonias.
En el siglo XVIII las normas del common law se adaptan poco a las condiciones de vida de los colonos.  Las normas existentes eran nombradas en el seno de una sociedad feudal, mientras los problemas de los colonos eran problemas nuevos, que no necesariamente tenían solución en el common law y por lo demás estos no consideraban que este les ofrecía una protección importante en materia de libertades individuales.  En consecuencia la ignorancia del common law será el factor más importante.
Los colonos aplican un derecho primitivo fundado en la Biblia y en l discreción de los magistrados. En reacción a esa discrecionalidad se inventó una codificación del derecho.  En 1634 se publica un código en Massachusetts, en 1682 en Pennsylvania.
En el siglo XVIII mejoran la calidad de vida, se transforma su economía y transforman sus sentimientos.  Lo que trajo muevas necesidades del derecho y conllevó una evolución del mismo.  El common law comenzó a considerarse de manera distinta, aunque habían pocos juristas o profesionales con formación jurídica que dificultaban el mejor desarrollo.
La independencia norteamericana en 1776 crea condiciones nuevas, la amenaza del derecho francés se ve atenuada y la independencia imponía y generalizaba un derecho americano autónomo donde el ideal americano y el sentimiento nacional favorecía la codificación. No obstante los EU terminan aliándose al common law por las siguientes razones: si bien era fácil cambiar los términos jurídicos era más difícil prescindir de los conceptos y las técnicas; otro factor era la lengua inglesa; igualmente el flujo de rea jurisdicción, hicieron que los EU conservaran conceptos, razonamientos y teorías de las fuentes del derecho inglés.
Sin embargo existían también fuentes de diferenciación al derecho inglés aplicado en EU al que era aplicado en Inglaterra, pero nadie intentó aplicar el derecho inglés posterior al 1776.
Los EU de las 13 colonias distan mucho de los EU de hoy día.  Así tenemos que la industrialización y los hábitos de vida generan problemas diferentes y el derecho de los EU no puede ser el derecho inglés.  Pese a esa diferenciación la influencia inglesa constituyó un modelo para los americanos que adoptó un derecho menos formalista, aboliendo el sistema de Equity.  Existe también legislación, lo que permitió  la aprobación de leyes y que permitió la simplificación del sistema.
Continuó la evolución iniciada en el siglo XIX en Inglaterra y el siglo XX caracteriza una tendencia a reformar la sociedad por el derecho.  Un sistema administrativo nuevo.
Finalmente la originalidad del derecho americano tiene que ver con algunos razgos que hoy se manifiestan esencialmente en un desprecio por las traducciones, y que los EU son una república con un presidente, es una nación federal, sus estructuras económicas corresponden a la estructura de la primera potencia mundial, su población y su composición étnica, la religión, la propia lengua no es la misma, y todo esto conlleva problemas diferentes, estructuras jurídicas diferentes y una formación de juristas diferentes.

Estructura del Derecho Americano
Está centrada en la característica que viene dada entre el derecho federal y el derecho de los estados.
Por su estructura el derecho de los EU pertenece a la familia del common law, es un derecho jurisprudencial.  Con el derecho inglés comparte una misma concepción del derecho de su misión y de sus conceptos al igual que una misma concepción con relación a la norma jurídica no existe distinción de derecho público y derecho privado, al igual que se desconoce la oposición entre normas supletorias y normas imperativas para ambos derechos.
La norma legislativa es vista con reserva hasta no ser asimilada e interpretadas por los tribunales.  Si no existiera precedente los juristas americanos dirían “there is no law to this point”.
Pese a esa estructura análoga con el derecho inglés existen diferencias entre ambos derechos.

El derecho federal y el derecho de los estados
Esto presenta un problema de 2 aspectos para la atribución de competencias.  En qué materias el poder legislativo puede establecer leyes federales o de los estados. Un segundo aspecto del problema lo constituye la competencia de la administración para establecer reglamentos.
Sin olvidarnos que en EU las leyes y los reglamentos son solo correctivos del derecho jurisprudencial cuya composición primordial son los precedentes y la razón. En consecuencia cabría la pregunta que si el common law se concibe dentro del marco de lo federal o dentro del marco de los estados.

El cumplimiento de las leyes o el Statute Law
Existen materias de competencia exclusiva para los estados de los EU y otras de competencia exclusiva de la federación de las autoridades federales, otras podrán ser regidas por ambos.
La determinación de estos aspectos importa mucho en el derecho americano por que la constitución americana de la cual los tribunales ejercen un control directo de constitucionalidad y en consecuencia la violación del composición de atribución podría recibir una sanción y en consecuencia los tribunales se verán obligados a declarar la inconstitucionalidad de la ley o la resolución y los tribunales por su parte no aplicarán estas disposiciones si las autoridades la hubieren adoptado rebasando sus poderes consignados en la constitución.
La composición legislativa de los estados y en qué materias puede legislar el congreso. 
La composición legislativa del congreso será la excepción.  La décima enmienda de la constitución dice: Los poderecs que la constitución no delega en los EU y cuyo ejercicio no está prohibido a los estados corresponde a cada uno de los estados.
Ultimamente se observa una ampliación de la competencia de las autoridades federales,  y actualmente goza de una competencia realmente extensa.
La constitución de 1787 limitaba esa competencia y a esta constitución se le ha adicionado 24 enmiendas, 10 de ellas relativas a los derechos de las personas.  Estas enmiendas surgen luego de la guerra de la recesión, luego de estas enmiendas los tribunales federales tienen una competencia especial con relación a los derechos y libertades individuales, conocido en el sistema americano como “civil right”.
Igualmente la interpretación de los tribunales con relación a la interpretación intensiva de la composición de las autoridades federales; y esta se ve reforzada por la opinión pública americana y por el desarrollo económico de los EU.

Importancia del derecho de los EU
Hay que señalar que este derecho es el que los ciudadanos le otorgan mayor importancia. Esto se ocupa de materias como la familia, las sucesiones, los contratos, los delitos y el derecho federal solo interviene en estas materias de manera excepcional, por ejemplo para garantiza la salubridad y no peligrosidad de ciertos productos; para ejecutar la decisión, para poner freno a la explotación.
Hay que señalar que los estados tienen una competencia residual en las materias en que le congreso puede legislar.  No se les prohibe por ejemplo adoptar disposiciones que complementen las del derecho federal o que vengan a compensar lagunas de este, por ejemplo en materia de impuestos federales vs. Impuestos estatales; numerosas materias el congreso de EU se ha abstenido a legislar por que no hay que olvidar que la codificación y la ley son vistas con ciertas reticencias.  En el sistema penitario por ejemplo el congreso tiene facultad de reglamentar todo lo relativo al comercio exterior y al comercio inter-estados.
No existe ley en EU relativa a los efectos de comercio, a la compraventa o a los conflictos de leyes. Hasta 1938, no ha existido un derecho procesal de carácter federal que no fuere el aspecto relativo al conjunto de normas que regulaban el tribunal supremo de EU.
La jurisdicción federal debía referirse a veces al procedimiento del derecho de los estados, sin embargo la competencia desigual no ofrece contornos del todo claros, por ejemplo en ausencia de leyes federales los estados no pueden dictar normas en contra del espíritu de la constitución.  No pueden obstaculizar el comercio interestatal y si han juzgado una ley estatal podría ser inconstitucional aunque no fuere incompatible con las disposiciones del derecho federal.

Problemas del common law en la estructura
Existe un common law en EU.  Su derecho sustantivo está constituido por un cuerpo de derecho no escrito que se encuentra en las normas declaradas por los tribunales y los principios que se derivan dela aplicación de estas normas.
El common law se concibe en los EU con un sentimiento de unidad que el propio common lawyer experimenta y, que se complace en que la razón sea descubierta por la prudencia de los jueces.
No seria admitido comparar el common law entre los diferentes estados, sino que lo propio es concebirlo como un sistema federal.
Igualmente el common law supone la existencia de una jurisdicción en la realidad es indispensable que exista un órgano competente para formular normas y establecer principios.  En consecuencia el common law ha sido descubierto por los tribunales de justicia y se confunde con las normas de estos no se identifica como una razón concebida de modo abstracto sino que la razón es la de los tribunales la cual sufre transformaciones.
Competencia de la legislación federal y la competencia judicial
La jerarquía de la jurisdicción federal es deferente que la delos estados, no existe concordancia entre las materias que son competencia legislativa del congreso y las que son competencia de las jurisdicciones federales.
Una jurisprudencia de 1842, de Swift vs. Tyson sentó la jurisprudencia quelos tribunales federales podían y debían actuar conforme al common law, no obstante esta solución no se considera aplicable en general por que tiene una segunda consecuencia de orden práctica que podría ser dualidad en la solución jurídica, y consecuencia de orden constitucional ya que esta no había permitido en la creación de un derecho federal un congreso que no pudiera legislar.  La jurisprudencia de 1938 en el caso Erie Railroad vs. Tompkin se opuso al common law federal en los siguientes casos:
A falta de ley escrita aplicable al caso, el juez federal debía aplicar el common law.  En este caso era igual al general law delos EU y diferente a la jurisprudencia de los EU.
Hay que decir que alarmó la no existencia de un derecho federal común pero el verdadero alcance de esa sentencia solo vino a rechazar una determinada manera de concebir la unidad del derecho americano no constituye en sí una negaciónde la unidad del common law.
En consecuencia para estudiar un problema juridico en EU la base de estudio está en el derecho de estados en armonizar las diferentes decisiones y en el caso de dos sistemas contradictorios para el jurista americano será la correcta y otra no y hablarían de un bad law.
No existe en EU un common law federal y el derecho de cada estado debe considerarse idéntico.
La jurisprudencia en EU, para la armonía del common law debía ser una jurisprudencia estatal y no federal.  Los tribunales de los estados, en el desarrollo del common law en aquellas materias en la que no puede legislar el congreso igualmente deben advertirse la existencia de un derecho común federal en las materias  competentes de los EU en el plano federal cada estado tiene su propio sistema.
A los jueces se les exige conocer el common law de un estado a otro, pero cuando se trata de leyes ese conocimiento no es exigible. La parte que pide la aplicación de otra ley debe probar su existencia y el contenido de la ley.  El juez no puede aplicarla de oficio.
Actualmente existe un movimiento legislativo para transformar esta situación y tomar como medida judicial los “notice”.  Otra diferencia de estructura lo constituye la Equity en los estados.  La competencia delas jurisdicciones de la Equity debía admitirse en los casos en que el derecho no ofrecía ningún remedio, y así se aplica en materia de anulación de matrimonio, autentificación de testamento.

Hay diferencias estructurales en cuanto al derecho constitucional y el derecho administrativo, por que los problemas en EU e Inglaterra son distintos.
Otras diferencias:
La aplicación del derecho administrativo supone el conocimiento de las grandes comisiones federales o estatales.  El derecho laboral, de sociedades y bancario difiere mucho del sistema inglés.  Las reformas procesales realizadas en EU, la terminología jurídica, un mismo término expresa dos cosas distintas en ambas naciones.
Las fuentes del derecho de los EU
1.  La Jurisprudencia
2.  La Legislación
La jurisprudencia como fuente del derecho en EU tiene diferencia con el derecho inglés.  Los tribunales supremos de los EU y los de los estados no se consideran vinculados.
La organización judicial de los EU implica jurisdicciones federales y estatales.  Las jurisdicciones federales pueden conocer muchos casos en primera instancia, aunque existe en EU una doble jerarquía.
Dentro del ámbito de los tribunales federales existen múltiples jurisdicciones llamadas jurisdicciones tradicionales o de derecho común.
El tribunal de base es el de distrito, de los cuales existen 100 en los EU.  Estos tienen su interior las “divisions”, actúan como jueces únicos, el trabajo lo pueden preparar los comissioners que en ocasiones pueden estatuir en lugar de los jueces.  Tienen un carácter itinerante.  Cada año debe celebrarse una audiencia en cada una de las divisions del distrito.  Sus decisiones pueden recurrirse en las cortes de apelación, y estas a su vez ante le tribunal superior de los EU.
Las cortes de apelación son más o menos 11 y sus decisiones son adoptadas pro tres jueces.
El tribunal supremo tiene a al cabeza un jefe de justicia (chief of justice) y 8 associates of justice.  Este tribunal ha tomado algunas medidas para agilizar la necesidad o el requisito de poder obtener el “writ of certiorari” haciendo valer el special and important reason si se quiere que el tribunal conozca el asunto.  El tribunal conoce unos 2,500 casos al año, pero solo retiene un 13% de los casos que llegan por esta vía, pese a que solo se necesitan 4 votos para retener un asunto.  El tribunal solo dicta sentencia en 150 casos al año, y los demás casos no estiman importante su intervención y lo hace constar.

Los tribunales federales especiales
Tienen un papel propio dentro de las jurisdicciones estatales en los territorios o distritos federales.  Son jurisdicciones competentes en los casos en los que está envuelta la responsabilidad del estado, “courts of claims” (cortes de daños y perjuicios).  Son competentes en materia fiscal, aduanas y patentes, competencia atribuida mediante leyes especiales en organismos administrativos subordinados al congreso de los EU. La apelación se hace en los tribunales federales ordinarios.
Jurisdicciones estatales
Cada estado tiene su jurisdicción estatal propia, en unos casos encontramos dos jurisdicciones, en otros tres.  En la cúspide, en 39 de los estados un tribunal supremo estatal, en algunos casos llamados “court of errors”.  Existen jurisdicciones de excepción muy variadas, en lo civil, en lo penal y en unos 10 estados existen jurisdicciones especiales de Equity.
En Nueva York hay una organización judicial formada en el año 62 con cuatro cortes supremas, con una división de apelación ”apellate division” recurrible en una situada en Albany.  Existen otras jurisdicciones inferiores.
El Jurado
Se conserva mucho más viva en EU que en Inglaterra.  Está garantizada por la 7ma. Enmienda de la constitución, que estipula que todo ciudadano puede exigir que el asunto sea juzgado por un jurado.  Existen dos condiciones para esto:
1.  Que no sea un procedimiento d ella jurisdicción de la Equity
2.  Cuando el interés del litigio sea superior a las US$20, pero mediante algunos procedimientos indirectos se ha conseguido limitar recurrir al jurado de una manera tan abierta.
Diferencia entre tribunales federales y tribunales estatales
En principio la jurisdicción estatal es la competente, y las federales sonl a excepción.  Para reconocer la existencia dela competencia federal se verificará su base legal, que debe estar consignada en la constitución o en las leyes del congreso basada en la constitución, mediante la cual sea competente el tribunal federal.
Frecuentemente se reconoce competencia federal por la naturaleza del litigio, sea por que esté consignado en la consititución federal o leyes federales.
Por la persona litigante, se verificará el interés de los EU, si se trata de un diplomático, o si está envuelto en el litigio ciudadanos de estados diferentes.
El interés envuelto en el litigio debe sobrepasar 10 mil dólares, pero aún así su competencia raramente admitida, las partes podrán ir a la jurisdicción estatal, a partir de las cuales es posible un recurso ante el tribunal supremo del estado.
Solo se aceptará el recurso al tribunal superior estatal si existe un asunto fundamental que interese a la constitución o la ley federal.  Si el asunto no puede establecer en primera instancia por la jurisdicción federal la decisión del tribunal superior estatal será definitiva.
Las jurisdicciones federales suelen conocer asuntos relativos a la actualidad política, actividades de vida pública, integración racial, control d ella constitucionalidad de las leyes, aplicación de leyes anti-trust.

La descentralización judicial
Contrariamente a Inglaterra, donde Londres concentraba casi todos los tribunales, en EU existen tribunales en todo el territorio, con modos mucho más flexibles basados en la autoridad dela decisión judicial, y en poder garantizar la regla jurídica con una preocupación por la uniformidad del derecho.
Legal Profession
La legal profession es el concepto genérico de la profesión de juristas en los EU. Todas los actos son controlados por los tribunales. La cláusula del libre comercio (profesiones liberales) no se aplica a los abogados de los EU.
La formación y organización profesional en los EU es diferente a Inglaterra. Las condiciones para el ejercicio de la profesión varía según los estados, el que es abogado en un estado no puede ejercerlo en otro.  Debe pagar tasas para su inscripción en la nómina de abogados para ejercer ante el tribunal superior federal.  Debe también pasar un examen autorizado bajo el control de los tribunales.  El título universitario no es un requisito suficiente, solo es suficiente en un 50% de los estados.
Las escuelas de derecho
Son muy variadas y tienen prestigios muy distintos, lo más importante es que tienen en común que debes ser miembros dela Association of American Law of Schools (AALS).  También han recibido la aprobación del American Bar Association.  Estas dos cosas constituyen una garantía.  La formación de los abogados en EU está orientada a los que van a ejercer la profesión, no se ocupan de la cultura general, se supone que eso lo han aprendido en el College, su enseñanza está orientada a la práctica y al método.  El método usado por ellos es el case methood.  Es estudiante debe haberse leido un número de decisiones y artículos, los expones en clases demostrando el problema que ha identificado en el caso, los intereses en juegos, y formula preguntas, tiene un carácter técnico y práctico.  Los cursos magistrales son la excepción.  Tiene una extensa gama de materias a escoger, y se supones que ha recibido una formación previa.
El lawyer americano solo lo será cuando sea admitido en el examen del poder judicial (Bar exam).  Trabajará en un buffette que tratará de darle una especialización, así tendremos al trial lawyer, abogados en asuntos contenciosos, abogados en empresas públicas o privadas, y los honorarios son en función de lo que le hacen ganar al cliente (contigent fee) lo que sería ofensivo en Inglaterra.
El juez americano
Hay dos categorías: los federales y los jueces estatales.
Los jueces federales se parecen por su prestigio a los jueces ingleses son elegidos por el gobierno entre los lawyers, con experiencia y fama.  Su nombramiento es vitalicio, los justice del tribunal superior se ejecutan algunos entre universidades de mucho prestigio y entre profesores universitarios.
Los jueces estatales, en unos 40 estados son elegidos por sufragio universal directo , sin buenos resultados.  Esta elección ha sido criticada, pero ha sido mejorada aumentando el grado de independencia de los electores que en algunos casos ratifican la designación del gobernador .  Se le aumentó la duración en sus funciones, y en otros casos necesitan la aprobación previa de la Asociación de juristas del estado, lo que hace que gocen de más prestigio.

Reglas del precedente en los EU.
Opera de manera diferente que en Inglaterra, no tiene tampoco el mismo rigor, esto por la estructura federal, por la diferencia entre los estados por demás la aplicación de esta regla en EU opera con limitaciones puesto que no hay vínculos entre el tribunal supremo federal  y los tribunales estatales. 
Los estados son soberanos.-  Esta regla solo funciona en materia de competencia de los estados en jurisdicciones de estos con sus respectivas jerarquías.  Las jurisdicciones federales aplican la regla del precedente cuando aplican la legislación determinada de un estado.
Los cambios jurisprudenciales no so excepcionales. El tribunal superior de los EU interpreta con liberalidad la constitución y a su vez los tribunales estatales reciben presión delos juristas para mantener la unificación del common law.  La posibilidad de adaptar la constitución es una garantía a la estabilidad de las instituciones políticas.  El alcance real de la regla del precedente es que esta no es absolutamente necesaria al common law, aunque los tribunales son cuidadosos en introducir cambios jurisprudenciales, procurando así guardar el equilibrio entre la seguridad jurídica y la evolución del sistema.
“Restatement of the law” es una empresa privada que tiene por fin exponer en forma sistemática el common law.  Es una obra del American Law Institute, de las cuales se han publicado unos 19 volúmenes.
En materia de competencia delos estados el retatement trata de exponer las soluciones más armoniosas como el common law.  A su vez estos 19 volúmenes están completados por otras dos series llamadas Restatement of the Courts y el Stage anotations.
El primero de ellos indica casos en que el restatement ha sido citado como doctrina, haya sido aceptado o rechazado.  El segundo muestra en qué medida las normas recopiladas por el restatement son observadas en los diversos estados. A estos se le han publicado suplementos que han agregado correcciones y aclaraciones a los diversos volúmenes del restatement.
Por otra parte se ha emprendido una nueva edición del restatement y gozan de gran prestigio, y son distintas a la metodología de la codificación.  Permiten encontrar de manera ordenada las decisiones importantes en los casos considerados.

La Legislación (Statute Law)
La primera y más importante de las leyes americanas es la constitución, promulgada en 1787, que no solamente es su carta política sino su acto fundacional.  Las 10 primeras enmiendas fueron votadas en 1789.
Desde el año 1803 existe el control constituciones de las leyes por vía judicial mediante el famoso caso “Marbury vs. Madison”.
La fuerza del common law en EU se deriva de la fuerza y el respeto a su constitución . La interpretación constitucional en los EU ha sido bastante flexible.  Se pueden ilustrar en tres cláusulas:
1.  Commerce Clause (Libertad de comercio)
2.  Due Process of Law (Debido proceso)
3.  Equal Protection of the Law (Igualdad de todos ante la ley)
La interpretación de otras leyes
            Las leyes solo se integran al sistema cuando son interpretadas por los tribunales y los criterios clásicos de interpretación siguen siendo respetados.
            Los métodos de interpretación han contribuido al derecho  administrativo.  Así se han desarrollado un cierto número de comisiones con el objetivo de aligerar el trabajo de los tribunales y asegurar la ejecutoriedad tanto en el derecho federal como en los derechos estatales.
            En el plano federal el poder reglamentario no está vinculado al poder ejecutivo y la doctrina americana ha desarrollado un cuarto poder, que es el poder administrativo.
            Ese poder administrativo aunque está confiado al ejecutivo es ejercido y ejecutado bajo el control de las comisiones, así tenemos la comisión interestatal de comercio, la comisión federal de comercio y la comisión nacional para las relaciones laborales.  Estas comisiones serían creadoras de una nueva equity y el derecho administrativo tiene un carácter tanto administrativo como jurisdiccional y funcionan bajo el control de los tribunales de justicia.
            Los Códigos Americanos
            En EU hay una gran proliferación de leyes y la tendencia  es compilarlas de manera oficial o privada.  Esta compilación es distinta a los códigos y su plan es elaborar un orden alfabético por materias y su objeto es clasificar las leyes americanas, con excepción de common law (jurisprudencial) aunque algunos estados intentaron proyectos codificadores.  Esta proliferación de leyes conlleva problemas que amenazan la unidad de derecho americano y para compensar ese riesgo la tendencia es proponer a los estados legislaciones uniformes o leyes modelos como es el caso de código de comercio.  No obstante este esfuerzo nada garantiza la unidad de la interpretación de las leyes.
            El desarrollo del derecho federal hace intervenir al congreso en las materias en la que la uniformidad es necesaria tratando de preservar la unidad del derecho americano. 

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