Introducción
Para entrar al estudio de
esta condición humana es preciso partir
diciendo que la nacionalidad es
un hecho social, que no puede ser estudiado como un concepto aislado, y nunca puede
tratarse de manera unilateral, por lo
que requiere ser entrelazada con muchos otros conceptos de la materia
sociológica, de manera que el tema pueda acercarse lo más posible a un concepto
palpable y a un derecho inalienable.
Esta investigación
comienza definiendo que es la nacionalidad, luego abordaremos el tema de
quienes la poseen por ultimo trataremos sobre la nacionalidad dominicana.
.EXPLIQUE QUE ES NACIONALIDAD Y QUE PERSONAS LA POSEEN
QUE
ES NACIONALIDAD: La nacionalidad es la condición particular de los habitantes de
una nación.
Por lo tanto,
esta determinada por el espacio
geográfico, la legislación o autoridades de un país. La nacionalidad es una
condición social, cultural y espacial en la que influyen numerosos
factores que definen el escenario
político y organizacional de un grupo determinado de personas. Nacionalidad
significa también la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto.
Este vínculo del individuo
con un Estado concreto le genera derechos y deberes recíprocos.
La nacionalidad referida a un país se mezcla
conceptual y habitualmente con el concepto de nacionalidad como situación
social, y podría perfectamente analizarse por separado o como una parte de la nacionalidad
social, pues las leyes son inevitablemente un hecho social.
La Declaración Americana de
los Derechos y Deberes del Hombre establece en sus artículos XVII el Derecho de
reconocimiento de la personalidad jurídica y los derechos civiles:
QUE
PERSONAS LA POSEEN: todas las personas poseen nacionalidad, con
excepción de los apátridas estos son
todos los individuos que han perdido su nacionalidad sin haber adquirido otra
nueva; o como efecto de situaciones
políticas o catástrofes naturales, que dejan sin patria a los individuos,
además podría darse también cuando una persona nunca ha sido inscrita al
Registro de Familia, o declarado en la oficialía del estado correspondiente.
En cuanto a la nacionalidad
Dominicana la constitución de la Republica en su articulo 18 nos dice quienes
son dominicano y como se adquiere nuestra nacionalidad.
Artículo 18.- Nacionalidad. Son dominicanas y
dominicanos:
1) Los hijos e hijas de
madre o padre dominicanos.
2) Quienes gocen de la
nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución.
3) Las personas nacidas en territorio
nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de
legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en tránsito
o residan ilegalmente en territorio dominicano. Se considera persona en
tránsito a toda extranjera o extranjero definido como tal en las leyes
dominicanas.
4) Los nacidos en el
extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el
lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres. Una vez
alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su voluntad, ante la
autoridad competente, de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de
ellas.
5) Quienes contraigan
matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten por la
nacionalidad de su cónyuge y cumplan con los requisitos establecidos por la
ley.
6) Los descendientes
directos de dominicanos residentes en el exterior;
7) Las personas
naturalizadas, de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por
la ley.
Conclusión
En esta ocasión concluyo
este trabajo diciendo que ciertamente
tal y como lo establece la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre, toda persona tiene derecho
a que se le reconozca en cualquier parte como sujeto de derecho y
obligaciones y a gozar de los derechos civiles fundamentales.
Comento de manera critica, que al igual que el
derecho a la vida, la nacionalidad es otro derecho inalienable donde no debe
existir ninguna persona apátrida, por lo
que debiera haber una resolución
universal donde se le reconozca una nacionalidad a todos esos seres que se
encuentran en algún estado sin esa condición.
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