SUMARIO: I. Introducción.
II. Nociones generales de derecho socialista. III. Conceptos
fundamentales. IV. El cambio político-económico-social en la Europa del Este.V. Los
nuevos conceptos jurídicos. VI Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
El derecho se transforma. Esta es
una verdad innegable, el derecho es mutable, se redefine. Situación que se
puede constatar a lo largo del devenir histórico de las naciones. Posiblemente
el cambio más trascendental que se ha experimentado en este siglo en el campo
jurídico, ha sido la construcción de una familia jurídica, la del derecho
socialista y la trasformación radical que ha sufrido la misma a finales del
presente siglo.
En este trabajo pretendemos
dedicar algunas reflexiones en torno a las transformaciones operadas en el seno
del derecho socialista, con la intención de considerar hasta qué punto dicha
transformación nos puede llevar a hablar de una neorromanización del derecho
socialista. Para llegar a dicha conside- ración, pretendemos hablar del
nacimiento y de algunas de las características e instituciones básicas del
derecho socialista. En un segundo plano, mencionar los cambios sociales
presentados en la Europa
del Este, que desembocaron en un conflicto de dicha familia jurídica.
Finalmente, a partir de las dos anteriores pautas, pretendemos señalar que
actualmente el derecho socialista se encuentra en un periodo de franca
mutación, que involucra un regreso a las concepciones romanistas, es decir, una
neorromanización del derecho socialista.
Para abordar nuestro tema hemos
considerado importante hacer una breve mención de las principales familias
jurídicas, dedicando nuestra atención a la tradición socialista, reparando en
temas tales como la influencia del marxismo en la concepción del derecho, a la
historia del derecho socialista, a sus fuentes y a una serie de instituciones
jurídicas tales como la división de poderes y la propiedad privada.
Antes de adentrarnos en nuestro
tema de estudio, es necesario hacer algunas acotaciones al mismo. En la Europa del Este nunca
existió un derecho socialista único y uniforme para todos los países
socialistas -como tampoco lo ha habido en la tradición de la Common Law y del
derecho romanista-.1
Por ejemplo una figura como la propiedad privada -que no obstante de que su
existencia contravenía los fundamentos del socialismo-, no dejó de existir bajo
ciertas circunstancias en ciertos países como Polonia.
Así mismo, dentro del derecho
socialista se siguieron conservando las categorías y terminologías romanistas.
Esta se puede constatar con el derecho ruso, el cual no rompió con la
terminología y la técnica jurídica. Las anteriores soluciones fueron abandonadas,
pero los esquemas de articulación se conservaron. Los juristas rusos estudiaban
el derecho utilizando categorías y terminologías jurídicas del antigüo derecho
ruso.2
Por otra parte, en nuestro
trabajo sólo pretendemos abordar a algunos países socialistas de la Europa del Este, dedicando
especial atención a lo que era la
URSS , la cual fue la que irradió el socialismo y por
consecuencia, la nueva concepción del derecho y cuyos modelos, en lo esencial,
fueron retomados por las repúblicas socialistas.
Asimismo, debemos de considerar
que la tradición jurídica socialista no ha desaparecido totalmente, ésta se
mantiene viva en algunos países, tales como Cuba y China. Aunque dichas
naciones también se encuentran en francos periodos de intensa transformación.
Finalmente, consideramos
pertinente hacer una breve explicación de lo que en este trabajo entendemos por
romanización, con el fin de poder entender la noción de neorromanización. La
expresión romanización hace alusión a los países en los que la ciencia jurídica
sea construido sobre la base del derecho romano -conjunto de instituciones
jurídicas que produjo el pueblo romano desde su fundación en el año 754 antes
de Jesús Cristo hasta la compilación justiniana en el siglo VI de nuestra era-.
Familia jurídica que se constituyó desde el siglo XII, sobre la base las
universidades latinas y germánicas, las cuales elaboraron y desarrollaron a
partir del derecho romano una ciencia jurídica común. En donde el "derecho
civil" nació como el centro de la ciencia jurídica.
II. NOCIONES GENERALES DEL
DERECHO SOCIALISTA
Dentro de los diversos sistemas
jurídicos o familias jurídicas,3
que existen en el mundo, el más joven y el que apareció con una noción
revolucionadora del derecho, es el derecho socialista. Su concepción original y
originaria de toda una serie de instituciones, hicieron que se separara
diametralmente de las otras familias jurídicas.
1.Historia
Para los ilustres profesores René
David y John N. Hazard, la historia del derecho ruso anterior a la revolución
de 1917, se divide en cuatro periodos. El primer periodo del derecho ruso
antigüo, corresponde a la época de la
Rusia de Kiev (989-1237); el segundo periodo de la dominación
de los Mongoles (1237-1497); el tercer periodo con la obra legislativa de
Alexis II (1649-1653); y finalmente, el cuarto periodo con la compilación del
zar Nicolás I (1832). 4
El derecho ruso, bajo la
influencia de la Iglesia
por intermedio del derecho griego y bajo la influencia de la doctrina a través
de los juristas franceses o alemanes, ciertamente no puede afirmarse que sea un
derecho original. El derecho ruso ha hecho suyas en cierta medida las
soluciones del derecho romano. En el caso de las categorías y las
clasificaciones mantenidas por los juristas rusos, éstas han sido tomadas del
derecho francés. La terminologías del derecho ruso, los conceptos a los que
recurría, correspondían a la terminología y a los conceptos del derecho francés
y alemán, derivados del derecho romano. Esto hace que se pueda clasificar, al
derecho ruso de la época zarista, entre los sistemas de tradición romana, y se
puede considerar que el "derecho sabido" , enseñado en las
universidades y aplicado por las jurisdicciones superiores del imperio ruso,
era un derecho de "Europa continental".5
Con el inicio de la Revolución de Octubre,
los nexos con la tradición romanista se rompieron totalmente. A partir de ese
momento la legislación posterior a la Revolución , tuvo como fin la abrogación del
derecho zarista. Por ejemplo, en lo que respecta a la administración de
justicia, por medio de un decreto del 24 de noviembre de 1917 se abrogó toda la
legislación que daba fundamento a los antiguos tribunales. Los nuevos
tribunales se constituían con un juez permanente y dos asesores no permanentes,
los cuales no necesariamente tenían que ser abogados. Las resoluciones eran
pronunciadas según su consciencia revolucionaria. Posteriormente, con el
decreto del 20 de julio de 1918, los tribunales debían inspirarse en los
decretos del gobierno soviético y de su consciencia socialista del derecho.
Finalmente, con el decreto del 30 de noviembre de 1918, se prohibió toda
referencia a las antigüas leyes o decisiones judiciales.6
El derecho ruso anterior a la Revolución se
consideraba como un medio para oprimir al pueblo, por lo que tenía que ser
rechazado.7
2. La filosofía jurídica
socialista
Según la doctrina
marxista-leninista el derecho es un regulador social de clase, que expresa la
voluntad estática erigida en ley, de la clase económicamente dominante,
voluntad condicionada por el cuadro material de su exis-tencia y concretizada
por un sistema de normas universalmente obligatorias y formalmente
determinadas.8
Mientras que el derecho
socialista se entiende como un derecho de tipo histórico nuevo, por su
fundamento económico y su esencia de clase, basado sobre la propiedad social y
socialista, que posee una naturaleza antiexplotación, y que expresa la voluntad
de los trabajadores, después de la victoria del socialismo. Su vocación es la
construcción de un régimen social, el más humano: el socialismo y el comunismo.9
Como se ve, el derecho socialista
tiene una noción totalmente diferente al derecho de los otros diferentes
sistemas jurídicos, en tanto que se encuentra impregnado de un alto contenido
ideológico, que se manifesta en todas las instituciones jurídicas que de él
emanan.
III. CONCEPTOS FUNDAMENTALES
A lo largo del desarrollo del
derecho socialista, se fueron configurando una serie de instituciones básicas,
con un sentido o contenido diferente a las de las otras familias jurídicas,
dentro de las cuales podemos mencionar, la nueva concepción de las fuentes del
derecho, de la propiedad privada y entre otras, de la división de poderes.
1. Las fuentes del derecho
Antes de adentrarnos al estudio
de las fuentes del derecho, es necesario hacer algunas precisiones en torno a
dicho concepto. Como señala el destacado comparatista Réne David, por fuentes
del derecho, el jurista soviético entiende toda la infraestructura económica
que según la doctrina marxista, condiciona y determina la estructura de un país
determinado. En este sentido la fuente principal está constituida por la doble
circunstancia de que los bienes de producción son colectivos y por la dictadura
del pueblo. Se habla de formes du droit para señalar en la doctrina
soviética, los procesos técnicos de ayuda por los cuales se descubren y
precisan las reglas jurídicas de un país y de una época dada. Son a éstos
procesos técnicos (la ley, la jurisprudencia, etc.) lo que en nuestro trabajo
entenderemos como fuentes del derecho.10
A. La ley
La ley se consideraba como la
fuente principal del derecho soviético, se entendía como el modo de creación
del derecho y un medio para los cambios rápidos y revolucionarios; situación
difente respecto del derecho romanista, en donde la ley es más bien, un modo de
expresión de la reglas de derecho y no un medio para los cambios rápidos y
revolucionarios.11
El principio de legalidad
socialista ponía de relieve la subordinación del derecho a la política de
construcción del socialismo. El derecho -entendido como ley-, como parte de la
superestructura, no se justifica sino subordinado a la economía socialista.
Respecto al papel de la ley en
las otras naciones socialistas, al igual que la Unión soviética, se
consideraba la fuente principal del derecho, pero también bajo la misma
perspectiva de un medio técnico para la implantación de la economía socialista.12
B. La jurisprudencia
No obstante la importancia de la
ley en la URSS ,
la jurisprudencia tomó una mayor importancia durante el trayecto del derecho
socialista, a tal grado que se llegaron a realizar obras consagradas
especialmente al estudio de la jurisprudencia.13
Es importante señalar que dentro
de la noción soviética de jurisprudencia se incluía la facultad de la Corte Suprema , para
revocar un fallo, que estimaba que tenía una errónea interpretación del derecho
y que podía ser repetida en alguna de las repúblicas socialistas. En este
supuesto, la Corte
tenía la facultad de expedir una "directiva" de carácter obligatorio,
para guiar a todas las jurisdicciones soviéticas en la aplicación de las leyes.14
En los demás países socialistas,
las colecciones de jurisprudencia publicadas, eran consideradas de carácter
oficial. En las que sólo se incluía una selección de sentencias, en la medida
que podían servir de guía a los jueces o a los juristas. La función de la
jurisprudencia no era como en los países occidentales, de determinar una
orientación del derecho independiente a la voluntad del legislador.15
C. La costumbre
Partiendo de la base de que el
socialismo busca una transformación total de la sociedad para instaurar un
régimen socialista, la costumbre no tenía cabida. No se podían considerar las
costumbres del ancien regime para construir el socialismo, las
costumbres eran antagónicas respecto a la nueva concepción de la sociedad y del
derecho.
Aunque la no utilización de la
costumbre, era de carácter provisional, puesto que el ideal marxista-leninista,
era construir una sociedad en la que no hubiera derecho y en donde las
relaciones entre los hombres serían reguladas sólo por la costumbre.16
D. La doctrina
El primer rasgo característico de
la doctrina en el derecho socialista es que ésta se basaba en la filosofía
socialista de Marx, Engels y Lenin, y aunque los escritos de estos ideólogos no
necesariamente hablaran de derecho, ejercían una autoridad doctrinal que
resultaba incuestionable.17
La doctrina socialista rusa tenía
dos orígenes. La primera, era producida por quienes se dedicaban a la enseñanza
del derecho; y la otra, por aquellos que se dedicaban a la investigación del
mismo. Los primeros no criticaban el derecho, sólo debían esforzarse en
facilitar su conocimiento y aplicación. Sus obras no tenían ninguna
originalidad, eran de carácter colectivo y antes de imprimirse estaban sujetas
a la crítica de una comisión. En contraste, las obras de los que se dedican a
la investigación del derecho, eran objeto de discusión antes de ser impresas,
pero sólo bajo el nombre del investigador individual que las había preparado.18
La función de la doctrina en los
otros países socialistas no se apegaba a un papel tan ortodoxo como en la URSS , debido a que no se
descartaba la existencia de tesis valiosas dentro del derecho occidental. Por
ejemplo, en el caso de Polonia, la doctrina concebía su rol similar al de la
familia romano-germánica, más que a la manera soviética, es decir, no sólo
exponían las reglas de derecho existente, también colaboraban activamente en el
mejoramiento del mismo.19
2. La propiedad
La doctrina marxista considera
que en la estructura económica lo más importante es la manera en que los bienes
son apropiados. La distinción de la propiedad en los derechos romanistas de
bienes muebles o inmuebles, no tiene ningún interés para los juristas
soviéticos. La distinción que ellos hacen con base en la doctrina marxista, es
de bienes de producción y bienes de consumo. Asimismo rechazan la noción de los
derechos reales, para ellos es necesario tener una mentalidad capitalista para
concebir un derecho que liga a una persona -propietario- y a una cosa
-propiedad-. Dicha concepción de la propiedad era retomada por las naciones
socialistas, empezando con la Unión Soviética.20
3. División de poderes
Dentro de la concepción occidental
de la teoría del Estado, la división de poder permite, no sólo fraccionar sus
funciones para hacerlo más eficiente -primera concepción desarrollada por
Aristóteles-, sino separar y limitar el poder público mediante la división de
este, con el objeto de impedir su abuso -concepción que se empezó a desarrollar
a partir de Locke-.
Ante esta noción de la división
de poderes, la perspectiva socialista considera que, en el fondo, sólo se trata
de una invención que permite esconder a los verdaderos detentadores del poder,
a los capitalistas. Los estados socialistas sólo conocían la unidad del poder,
residía en los trabajadores, guiados por su vanguardia, el partido comunista.21
En tal sentido, dentro de la
concepción soviética, el poder era ejercido por los trabajadores, por medio de
los soviets de diputados, los cuales constituían la base política de la URSS , encargados de ejercer
la dictadura del proletariado. Por medio de ellos se llevan a cabo las medidas
encaminadas a consolidar la dictadura de la clase obrera y a edificar la
sociedad comunista. Asimismo se establecía que los soviets serían
dirigidos por el partido comunista, se consideraba intimamente ligado al
pueblo. A partir de éstos presupuestos, el partido comunista era el encargado
de seleccionar, preparar y acomodar a los cuadros del aparato estatal y
controlar la actividad de los órganos de poder y de la administración del
Estado.22
La anterior concepción la
encontramos en los escritos de uno de los principales ideólogos socialistas,
Lenin, quien sostenía que: " La dictadura la ejerceel proletariado organizado
en los soviets y dirigido por el Partido Comunista Bolchevique".23
Dicha apreciación también era
compartida por los otros países socialistas, como Hungría, nación que en su
Constitución establecía que el Partido Marxista Leninista de la clase
trabajadora era la principal fuerza en la sociedad.24
A. Supremas cortes
Bajo la anterior concepción
socialista de división de poderes, las cortes supremas, no desempeñaban ninguna
función de control de legalidad o de constitucionalidad. El hecho de otorgarles
tales atribuciones constituiría un rompimiento con la concepción de unidad del
poder, el cual, como ya vimos, residía en el proletariado, bajo la guía del
partido comunista.
El régimen comunista polaco
constituía un ejemplo al respecto, dicho régimen, rechazaba el concepto de judicial
review, puesto que se consideraba que era una institución reaccionaria. La Corte no podía revisar las
leyes del parlamento porque ésto constituía una limitación a la soberanía del
Parlamento. Éste mantenía la constitucionalidad de las acciones del Estado, por
lo que resultaba innecesario un poder "extra parlamentario" para
ejercer la judicial review. Sin embargo, en el fondo, era un camuflaje,
porque la mayoría de las decisiones eran tomadas por el partido comunista
polaco. 25
IV. EL CAMBIO
POLÍTICO-ECONÓMICO-SOCIAL EN LA
EUROPA DEL ESTE
No podemos entender los cambios
jurídicos que han ocurrido en los expaíses socialistas si no tomamos en cuenta
el marco en que dichas transformaciones han tenido lugar. En tal sentido es
necesario hacer referencia a los diferentes acontecimientos ocurridos en la Europa del Este.
Los antecedentes del actual
cambio jurídico tienen lugar a partir de la crisis que experimentó el
socialismo en la vida política, económica y social. Dicha crisis tiene sus
orígenes en las diversas inconformidades que se manifestaron en los países de la Europa del Este, que
desembocaron "prácticamente" en la desaparición del socialismo como
modelo ideológico, político y por supuesto jurídico.
Los inicios de la crisis de los
expaíses socialistas se manifestaron primeramente en Polonia con el movimiento
sindical denominado "Solidaridad". Dicho movimiento no obstante que
tenía una serie de intereses de carácter sindical, también se podían apreciar
algunos aspectos que, por su naturaleza, trascendían de lo meramente sindical.
Por ejemplo, entre sus demandas, solicitaban la independencia del sindicato
respecto al partido y las empresas, derecho a la huelga, libertad de expresión,
participación en los programas anticrisis y aumento de salarios y de pensiones.26
Sin embargo, el cambio social se
hace más evidente en la Europa
del Este con la salida masiva de ciudadanos y de manifestaciones másivas en la República Democrática
Alemana en 1989, movimiento que concluyó con la integración de la Alemania del Este a la República Federal
Alemana. Así como la cascada de cambios que se originaron a partir de ese
momento:
a) En Checoslovaquía la "Revolución de
Terciopelo" acabó con el dominio del partido comunista y marcó el inicio
del pluralismo político e ideológico, desembocando en el nacimiento de dos
repúblicas, la Checa
y la Eslovaca.
b) En Rumania hubo una gran revuelta popular que originó
la caída y la ejecución de Ceaucescu.
c) En Bulgaria con la caída de Todar Zhivkov -que había
gobernado por más de 30 años-, debido a cambios dentro del mismo partido
comunista, y que por medio de una reunión de todas las fuerzas políticas, se
acordó una transición pacífica a una sociedad pluralista, elecciones generales,
convocar a elecciones generales e igualdad jurídica para todas las formas de
propiedad.
d) En la
URSS con la
Perestroika , dentro del seno mismo del partido comunista,
marcando el inicio en 1990 de un sistema presidencialista y el nacimiento de un
pluripartidismo.27
Sin embargo, los cambios ocurridos dentro de la URSS fueron rebasados por los acontecimientos
sociales, hasta llegar a una precaria Comunidad de Estados Independientes
(CEI), en donde Rusia pretende ser el Estado hegemónico.
Todos estos cambios han
desembocado en la creencia de que el socialismo fue un modelo que no funcionó,
y que en tal sentido era necesario un cambio de modelo, lo que originó la
vuelta al modelo occidental, en todos sus aspectos, dentro de los cuales
encontramos al jurídico.
Desafortunadamente, a raíz del
inicio de dichas transformaciones, han resurgido una serie de problemas
olvidados, tales como los conflictos nacionalistas en Rusia (con el movimiento
independentista de Chechenia) y las guerras nacionalistas en la exYugoslavia,
en Georgia, en Moldavia, en Azerbayan, en Tadjukistan y en Armenia.
V. LOS NUEVOS CONCEPTOS
JURÍDICOS
Así como la Revolución de Octubre
dio origen a un nuevo sistema jurídico, las revoluciones de 1989 dieron inicio
a una reconfiguración del derecho socialista. Situación que desde nuestro punto
de vista ha originado un cambio considerable dentro de la familia jurídica del
derecho socialista. Situación que se refleja principalmente, en un regreso a
una serie de figuras de la familia romanista.
1. Las fuentes del derecho
En su conjunto, las fuentes del derecho,
han retomado el papel que desempeñan dentro de los países que forman parte de
la familia del derecho romanista. En el caso de la ley, ésta nunca perdió su
papel protagónico en la creación del derecho, aunque como ya vimos, con un
sentido diferente, de mero instrumento del cambio acelerado al socialismo. En
lo relativo a la jurisprudencia, a partir de que las supremas cortes conocen de
legalidad y de constitucionalidad -como veremos posteriormente- volverá a tomar
el papel que desempeña en los países de la Europa occidental, constituyendo un elemento
fundamental para el resguardo del Estado de derecho. En el caso de la
costumbre, será interesante ver como se le vuelve a considerar dentro de cada
orden jurídico de las repúblicas exsocialistas. Respecto a la doctrina, ésta
actualmente se encuentra en un momento de redefinición, también será
interesante como los doctrinarios del derecho revaloran su antigüos conceptos
jurídicos, con el fin de que contribuyan a la construcción de la ciencia
jurídica.
2. La propiedad
La propiedad privada, como vimos,
es simplemente una figura que no compaginaba con una sociedad socialista, sin
embargo a partir de los cambios sociales en los expaíses socialistas de la Europa del Este, nuevamente
se ha reconocido a esta institución jurídica, incluso a nivel constitucional.
Como es el caso de Rumania y Hungría.28
En el mismo tenor, actualmente la Constitución de la Federación Rusa
aprobada por referendum el 12 de diciembre de 1993, en la segunda parte
del artículo 8 señala que: En la
Federación de Rusia están igualmente reconocidas y protegidas
la propiedad privada, del Estado, municipal y las otras formas de propiedad; y
en su artículo 35 señala que: El derecho de propiedad es protegido por la
ley...29Dentro
del mismo marco de la propiedad, es importante señalar que los países exsocialistas
de la Europa
del Este, han dictado una serie de disposiciones legislativas, con el objeto de
reprivatizar o privatizar la propiedad -así como las empresas- o en su caso,
indemnizar a los propietarios que perdieron sus propiedades al pasar al dominio
del Estado.30
3. División de poderes
Desde la era de Gorbachov al
frente de la URSS ,
se hablaba de la división de poderes, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
situación que en consecuencia, empezó a romper con el control centralizado del
poder.31
Actualmente la Constitución Rusa
en su artículo 10 señala que:. El poder del Estado en la Federación de Rusia es
ejercido sobre la base de la separación de los poderes Legislativo, Ejecutivo y
Judicial. Los órganos de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial son
independientes.32
Otro país que retomó el concepto
de división de poderes, es Hungría, en las reformas constitucionales de 1989,
reintrodujó el principio de separación de poderes. Actualmente, la separación
de poderes se refleja en la existen-cia de un Poder Ejecutivo, un Legislativo y
otro Judicial, en donde cada uno es ejercido de manera independiente. Con las
reformas constitucionales, se le restituyó a la Asamblea Nacional
(Poder Legislativo) la función legislativa, al presidente de la República se le
confiaron las funciones puramente ejecutivas, aunque, es el Primer Ministro,
más que el presidente, quien ejercita genuinos poderes ejecutivos.33
A. Supremas cortes
Respecto a la división de
poderes, es interesante dedicar algunas líneas para comentar las nuevas
funciones de las cortes supremas. Actualmente, dentro de los nuevos cambios
jurídicos, se puede encontrar la total independencia del Poder Judicial y el
ejercicio de su poder revisor. En dicha circunstancia se encuentra actualmente
Polonia.34
Hoy en día, el Tribunal
Constitucional polaco es un auténtico protector de la constitución y reforzando
el Estado de derecho, así como inhibiendo las arbitrariedades burocráticas y
legislativas. Por otro lado, la herencia comunista de la preeminencia del
Parlamento ha sido descartada. Actualmente el Tribunal Constitucional polaco ha
sido diseñado como una institución destinada para incrementar la supremacía de la Constitución sobre el
Es-tado.35
Por su parte, la Corte Constitucional
de Hungría tiene como uno de sus fines determinar la constitucionalidad de las
leyes. También en la nación húngara a la Corte Constitucional
se le encargó como función principal la salvaguarda del Estado de derecho en
Hungría. Así se ha señalado en el Preámbulo de Ley de la Corte , en donde se señala
que el establecimiento de una Corte Constitucional tiene por objeto la
construcción de un Estado fundado en el Estado de derecho.36
También la Constitución de la Federación Rusa de
1993, en su artículo 125 señala que la Corte Constitucional
podrá decidir en torno a la legalidad y la constitucionalidad de las leyes.37
VI. CONCLUSIONES
A la luz de los hechos, podemos
afirmar que las transformaciones que han ocurrido en el seno mismo de la
tradición jurídica del derecho socialista, por su importancia, están originando
un regreso de dicha familia hacia la familia jurídica romanista, ya que se
están retomado figuras básicas de esta última tradición jurídica, tales como la
concepción de las fuentes del derecho, de la propiedad privada, de la división
de poderes y en particular una importancia considerable al papel de las
supremas cortes. Esta situación hace que podamos hablar de una neorromanización
del derecho socialista.
Por otro lado no debemos olvidar,
como ya lo anotamos, que el derecho socialista tiene sus antecedentes en la
familia romanista, además de que nunca abandonó la técnica y las categorías
propias de dicha familia jurídica. Situación que también nos puede explicar el
porqué del regreso a la familia romanista.
Notas:
1 Situación que los mismos teóricos del derecho ruso reconocían al señalar que las diferencias entre los sistemas jurídicos socialistas nacionales estaban ligadas a la etapa de desarrollo de cada país, a las particularidades de sus revoluciones, a las tradiciones históricas y nacionales y a las influencias de factores subjetivos. Cfr. Alexeiev, S., Le socialisme et le droit. Le droit dans la vie de la societé, Union Soviétique, Editions Progrès, 1988, p. 51. Una situación similar se puede apreciar en países alejados dela Europa del Este, como Cuba,
que también antigüamente se encontraba bajo la tradición del derecho romanista.
2 Al respecto René David y Hazard señalan que: Los autores rusos escribían obras sobre derecho civil, derecho comercial, derecho administrativo, dando a estas nociones el mismo sentido que los autores franceses. Abramos hoy una obra de general hecha para dar a los no juristas una vista de conjunto del derecho ruso (Osnovy Sovetskogo godusartsva i prava, 1947, obra colectiva publicada por el Instituto de Derecho dela
Academia de Ciencias de La URSS [libro citado por los autores], luego de una
parte de introducción sobre la teoría general del Estado y del derecho, las
siete partes del libro tratan sobre los principios del derecho constitucional,
administrativo, civil, del trabajo, agrario y de los kolkhoz, criminal y
procesal. Sólo una de estas partes, en rigor, puede sorprender al jurista
francés o alemán; sin embargo el jurista ruso del antiguo régimen está
preparado, por su tradición, para que se excluya al derecho "agrario"
del derecho civil......". Cfr. David, René y Hazard, John N., El derecho
soviético, Argentina, La ley, 1964, t. I, p. 99. Una observación similar respecto
a la técnica jurídica se puede observar en: David, René y Jauffret-Spinosi,
Camille, Les grands systèmes de droit contemporains, Paris, Dalloz, Neuvième
édition, 1988, p. 183.
3 Los comparatistas suelen hablar de familias jurídicas, sistemas jurídicos o tradiciones jurídicas como nociones diferentes, no obstante, en este trabajo consideraremos dichos conceptos como sinónimos, definiéndolos de la manera en que Merryman entiende la noción de tradición jurídica: "Una tradición jurídica, como el término lo indica, no es un conjunto de normas jurídicas acerca de contratos, de asociaciones y de delitos, aunque tales normas serán casi siempre en cierto sentido un reflejo de esa tradición. Son más bien un conjunto de actitudes profundamente arraigadas y condicionadas históricamente acerca de la organización y operación de un sistema jurídico [Merryman entiende el concepto de sistema jurídico como: un cuerpo operativo de instituciones, procedimientos y normas jurídicas de países u organizaciones. p. 13. Nota del autor] y acerca del modo como el derecho debe crearse, aplicarse, estudiarse, perfeccionarse y enseñarse. La tradición jurídica relaciona el sistema jurídico con la cultura de la cual es una expresión parcial. Coloca al sistema jurídico dentro del ámbito cultural". Merryman, John H., La tradición jurídica romano-canónica, México, FCE, 1971, p. 15.
4 Cfr. op. cit. supra, núm. 2, p. 25.
5 Cfr. Idem, pp. 80-83.
6 Los subrayados son míos. Cfr. Dekkers, René, Introduction au droit de l'Union Soviétique et des Républiques populaires, Belgique, Institut de Sociologie de l'Université Libre de Bruxelles, 1963, pp. 55 y 56.
7 Cfr. op. cit. supra, núm. 2, p. 87.
8 Cfr. op. cit. supra, núm. 1, p. 51.
9 Cfr. idem, p. 100.
10 Cfr. op. cit. supra, núm. 3, p. 253.
11 Cfr. David, René, op. cit. supra, núm. 3, p. 254. También véase la obra de David, René y Hazard, op. cit. supra, núm. 2, pp. 263-269.
12 Cfr. David, René, op. cit, supra, núm. 3, pp. 271.
13 Esta evolución del papel de la jurisprudencia puede apreciarse en la obra de David, René y Hazard, op. cit. supra, núm. 2, pp. 303-312 y David, René, op. cit. supra, núm. 3, p. 302.
14 Cfr. op. cit. supra, núm. 3, pp. 300-302. En una Carta de Lenin dirigida a Stalin en 1922, Lenin afirmaba que el principio de legalidad socialista, postulaba necesariamente la uniformidad de la jurisprudencia y que era inadmisible ver interpretada una ley de forma diferente en Kazán y en Kakuga. Op. cit. supra, núm. 2, pp. 303.
15 Op. cit. supra, núm. 3, pp. 311.
16 Op. cit. supra, núm. 3, pp. 312-313.
17 Op. cit. supra, núm. 3, p. 314.
18 Op. cit. supra, núm. 3, p. 316-317.
19 Op. cit. supra, núm. 3, p. 318.
20 Op. cit. supra núm. 3, pp. 332-333.
21 Cfr. op. cit. supra, núm. 7, p. 15. Al respecto hay que señalar que un país como la exUnión Soviética, contenía en sus textos constitucionales anteriores a la era de Gorbachov, una división de los principales órganos de dirección, comola Corte Suprema
-que podría pensarse como un Poder Judicial-, un Secretario General -que podía
pensarse como un Poder Ejecutivo- y un Soviet Supremo, que podía pensarse como
un Poder Ejecutivo. Pero ésto no significaba una división de poderes, era una
división práctica de las funciones. Se podría pensar que dicha división de
funciones se acercaba más a la noción aristotélica.
22 Kirichenko, M. y Denisov, A., Derecho constitucional soviético, Moscú, Ediciones en lenguas extranjeras, 1959, pp. 126-131. Situación que en la práctica desembocaba en un control del partido comunista en todos los órganos del Estado. Cfr. Pogany, Istvan, "Constitutional reform in Central and Eastern Europe: Hungary's Transition to Democracy", International and Comparative Law Quarterly, vol. 42, part. 2, april 1993, p. 334.
23 V. I. Lennin, Obras Escogidas, en 3 t., ed. en español, Moscú, 1970, t. 3, p. 373. Citado por Grigorián, L. y Dolgopólov, Fundamentos del derecho estatal soviético, Moscú, Editorial Progreso.
24 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 335.
25 Brzezinski, Mark F., "The emergence of judicial review in Eastern Europe: The case of Polonia", The American Journal of Comparative Law, vol. XLI, núm. 2, primavera de 1993, p. 167.
26 Semo, Enrique, Crónica de un Derrumbe. Las revoluciones inconclusas del Este, México, Grijalbo, 1991, p. 220.
27 Idem, pp. 220-229.
28 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 351; y Julien-Laferrière, Francois, "La Constitution Roumaine
du 8 Décembre 1991 ou le difficile apprentissage de la démocratie", Revue
du Droit Public et de la
Science Politique en France et a l'Etranger, núm. 5,
Septembre-Octobre de 1993, Paris, Francia, p. 1221.
29 Constitution dela
Fédération de Russie, Rossijskaja Gazeta, texto traducido del
ruso por Michel Lesage en colaboración con Patice Gélard. La traducción al
francés de la
Constitución rusa se encuentra en la Revue Francaise de
Droit Constitutionnel, núm. 17, 1994, pp. 195-223.
30 Véase al respecto: Rajski, Jerzy, "Law on Privatization on State-Owned enterprises in Poland", Droit Polonais Contemporain/Polish Contemporain Law, Polonia, núm. 3 y 4 (87-88), 1992, pp. 5-13; Jezovica, Milan, "Restitution of Property in the Czech and Slovak Federal Republic", Comparative Juridical Review, vol. 29, Estados Unidos, 1992, pp. 45-60; Takacs, Laszlo, Objetives of Property Indemnification in Post-Cold War Hungary, Comparative Juridical Review, volume 29, 1992, Estados Unidos, pp. 61-67; Süveges, Márta, "Instruments juridiques de la reprivatisation des terres en propriété social en Hongrie", Annales Universitatis Scientiarum Budapestinensis de Rolando Eötvös nominatae, sectio iuridica, tomus XXXI, Budapest, Hungría, 1990, pp. 151-167.
31 Cfr. Becerra Ramírez, Manuel, "Comentarios ala Constitución Rusa
de 1993", Problemas actuales del derecho constitucional. Estudio en
homenaje a Jorge Carpizo, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM,
1994, pp. 55 y 56.
32 Op. cit. supra, núm. 30.
33 Op. cit. supra, núm. 23 pp. 342-343.
34 Op. cit. supra, núm. 26.
35 Idem, p. 198.
36 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 341. Para un estudio más a profundidad entorno a las atribuciones y estructura dela Corte Constitucional
Húngara, véase el trabajo de Gouaud, Christiane, La Cour constitutionnelle de la République de Hongrie,
Revue du Droit Public et de la Science Politique en France et à l'Etranger, núm.
5, Septembre-Octobre 1993, París, Francia, pp. 1243-1262.
37 Op. cit. supra, núm. 30.
1 Situación que los mismos teóricos del derecho ruso reconocían al señalar que las diferencias entre los sistemas jurídicos socialistas nacionales estaban ligadas a la etapa de desarrollo de cada país, a las particularidades de sus revoluciones, a las tradiciones históricas y nacionales y a las influencias de factores subjetivos. Cfr. Alexeiev, S., Le socialisme et le droit. Le droit dans la vie de la societé, Union Soviétique, Editions Progrès, 1988, p. 51. Una situación similar se puede apreciar en países alejados de
2 Al respecto René David y Hazard señalan que: Los autores rusos escribían obras sobre derecho civil, derecho comercial, derecho administrativo, dando a estas nociones el mismo sentido que los autores franceses. Abramos hoy una obra de general hecha para dar a los no juristas una vista de conjunto del derecho ruso (Osnovy Sovetskogo godusartsva i prava, 1947, obra colectiva publicada por el Instituto de Derecho de
3 Los comparatistas suelen hablar de familias jurídicas, sistemas jurídicos o tradiciones jurídicas como nociones diferentes, no obstante, en este trabajo consideraremos dichos conceptos como sinónimos, definiéndolos de la manera en que Merryman entiende la noción de tradición jurídica: "Una tradición jurídica, como el término lo indica, no es un conjunto de normas jurídicas acerca de contratos, de asociaciones y de delitos, aunque tales normas serán casi siempre en cierto sentido un reflejo de esa tradición. Son más bien un conjunto de actitudes profundamente arraigadas y condicionadas históricamente acerca de la organización y operación de un sistema jurídico [Merryman entiende el concepto de sistema jurídico como: un cuerpo operativo de instituciones, procedimientos y normas jurídicas de países u organizaciones. p. 13. Nota del autor] y acerca del modo como el derecho debe crearse, aplicarse, estudiarse, perfeccionarse y enseñarse. La tradición jurídica relaciona el sistema jurídico con la cultura de la cual es una expresión parcial. Coloca al sistema jurídico dentro del ámbito cultural". Merryman, John H., La tradición jurídica romano-canónica, México, FCE, 1971, p. 15.
4 Cfr. op. cit. supra, núm. 2, p. 25.
5 Cfr. Idem, pp. 80-83.
6 Los subrayados son míos. Cfr. Dekkers, René, Introduction au droit de l'Union Soviétique et des Républiques populaires, Belgique, Institut de Sociologie de l'Université Libre de Bruxelles, 1963, pp. 55 y 56.
7 Cfr. op. cit. supra, núm. 2, p. 87.
8 Cfr. op. cit. supra, núm. 1, p. 51.
9 Cfr. idem, p. 100.
10 Cfr. op. cit. supra, núm. 3, p. 253.
11 Cfr. David, René, op. cit. supra, núm. 3, p. 254. También véase la obra de David, René y Hazard, op. cit. supra, núm. 2, pp. 263-269.
12 Cfr. David, René, op. cit, supra, núm. 3, pp. 271.
13 Esta evolución del papel de la jurisprudencia puede apreciarse en la obra de David, René y Hazard, op. cit. supra, núm. 2, pp. 303-312 y David, René, op. cit. supra, núm. 3, p. 302.
14 Cfr. op. cit. supra, núm. 3, pp. 300-302. En una Carta de Lenin dirigida a Stalin en 1922, Lenin afirmaba que el principio de legalidad socialista, postulaba necesariamente la uniformidad de la jurisprudencia y que era inadmisible ver interpretada una ley de forma diferente en Kazán y en Kakuga. Op. cit. supra, núm. 2, pp. 303.
15 Op. cit. supra, núm. 3, pp. 311.
16 Op. cit. supra, núm. 3, pp. 312-313.
17 Op. cit. supra, núm. 3, p. 314.
18 Op. cit. supra, núm. 3, p. 316-317.
19 Op. cit. supra, núm. 3, p. 318.
20 Op. cit. supra núm. 3, pp. 332-333.
21 Cfr. op. cit. supra, núm. 7, p. 15. Al respecto hay que señalar que un país como la exUnión Soviética, contenía en sus textos constitucionales anteriores a la era de Gorbachov, una división de los principales órganos de dirección, como
22 Kirichenko, M. y Denisov, A., Derecho constitucional soviético, Moscú, Ediciones en lenguas extranjeras, 1959, pp. 126-131. Situación que en la práctica desembocaba en un control del partido comunista en todos los órganos del Estado. Cfr. Pogany, Istvan, "Constitutional reform in Central and Eastern Europe: Hungary's Transition to Democracy", International and Comparative Law Quarterly, vol. 42, part. 2, april 1993, p. 334.
23 V. I. Lennin, Obras Escogidas, en 3 t., ed. en español, Moscú, 1970, t. 3, p. 373. Citado por Grigorián, L. y Dolgopólov, Fundamentos del derecho estatal soviético, Moscú, Editorial Progreso.
24 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 335.
25 Brzezinski, Mark F., "The emergence of judicial review in Eastern Europe: The case of Polonia", The American Journal of Comparative Law, vol. XLI, núm. 2, primavera de 1993, p. 167.
26 Semo, Enrique, Crónica de un Derrumbe. Las revoluciones inconclusas del Este, México, Grijalbo, 1991, p. 220.
27 Idem, pp. 220-229.
28 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 351; y Julien-Laferrière, Francois, "
29 Constitution de
30 Véase al respecto: Rajski, Jerzy, "Law on Privatization on State-Owned enterprises in Poland", Droit Polonais Contemporain/Polish Contemporain Law, Polonia, núm. 3 y 4 (87-88), 1992, pp. 5-13; Jezovica, Milan, "Restitution of Property in the Czech and Slovak Federal Republic", Comparative Juridical Review, vol. 29, Estados Unidos, 1992, pp. 45-60; Takacs, Laszlo, Objetives of Property Indemnification in Post-Cold War Hungary, Comparative Juridical Review, volume 29, 1992, Estados Unidos, pp. 61-67; Süveges, Márta, "Instruments juridiques de la reprivatisation des terres en propriété social en Hongrie", Annales Universitatis Scientiarum Budapestinensis de Rolando Eötvös nominatae, sectio iuridica, tomus XXXI, Budapest, Hungría, 1990, pp. 151-167.
31 Cfr. Becerra Ramírez, Manuel, "Comentarios a
32 Op. cit. supra, núm. 30.
33 Op. cit. supra, núm. 23 pp. 342-343.
34 Op. cit. supra, núm. 26.
35 Idem, p. 198.
36 Cfr. op. cit. supra, núm. 23, p. 341. Para un estudio más a profundidad entorno a las atribuciones y estructura de
37 Op. cit. supra, núm. 30.
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El proceso
Durante sus primeros años en el poder,
Gorbachov no hizo ningún cambio importante en el plan económico del estado
aunque dijo que era necesario hacerlo. En 1987,
Gorbachov y sus ministros de economía introdujeron las reformas necesarias de
lo que sería conocido como perestroika.
Otro sello promocional de 1988.
Su objetivo era convertir el sistema de
gestión centralizado en un sistema menos centralizado y adaptado al mercado
moderno, para lo cual se permitió una cierta autonomía local, y desarrollar un
programa especial para modernizar la industria de ingeniería y los modelos de
gestión económicos, que habían sido descuidados. También se pretendía luchar
contra la corrupción, con la reducción del alcoholismo y el absentismo laboral;
la liberalización económica, permitiendo a las empresas tomar decisiones sin consultar
a las autoridades y fomentando la empresa privada y las sociedades conjuntas
con un número limitado de compañías extranjeras, impulsando así la inversión.
Se llevó a cabo también una cierta democratización de la vida política. Abel Aganbegyan, el primer consejero
económico de Gorbachov, afirmó que en un 40% de la industria se habría
producido una disminución de la producción y que, además, existía una
degradación de la agricultura. Por ello, propuso reformas para dar más
autonomía a la empresa, mejorar el rendimiento del trabajador y la calidad de
los productos. Las alternativas económicas de otros países socialistas se
ignoraron y las medidas que se adoptaron no se discutieron previamente,
permitiendo la entrada de capital extranjero y acercándose cada vez más al
capitalismo. Así, poco a poco se fueron introduciendo actividades económicas
privadas, mediante la paulatina introducción de contratos individuales en
fábricas y haciendas colectivas. Se llevaron a cabo medidas, como la venta de
un gran número de empresas estatales, reformas de la moneda y un nuevo sistema
bancario. Todo esto permitió que a principios de 1990,
La Reforma
Económica y los ingresos de la
población rusa
La perestroika instaurada en
Liberalización de precios en 1992
Surgió una clase de ricos cuyos ingresos no provenían del trabajo y se amplió el número de pobres; en 1993, casi una tercera parte de la población rusa tenía ingresos que no garantizaban un nivel mínimo de subsistencia.
Distribución polarizada de los ingresos
Ha aumentado la diferenciación de la
población en el nivel de ingresos “per cápita” de forma vertiginosa;
así, al 20% de la población más rica le corresponde el 50% de los ingresos
monetarios.Han surgido grandes desproporciones en la remuneración de los salarios por ramas de la economía, debido a la falta de competencia entre las empresas: las que han logrado monopolizar los mercados de venta pagan salarios mucho mayores que el resto.
También han aumentado las diferencias entre las regiones, las de situación más ventajosa han sido las de una mayor especialización productiva.
La distinción del nivel de consumo no es tan grande como la de ingresos nominales ya que en las zonas centrales de Rusia los precios de los productos básicos son menores que en las más meridionales o Siberia. Por otro lado, la estructura de los ingresos ha variado para la mayor parte de la población, para el 75% de la población la fuente de ingresos es el salario, 20% la pensión y 5% negocios propios. Para la población asalariada la situación es la peor, debido a la falta de incorporación de la fuerte inflación al salario, el resto de trabajadores tiene una situación más favorable; aun así, la gente se ve obligada a buscar fuentes complementarias de ingresos.
En el campo del consumo, la estructura ha empeorado en estos últimos dos años, la parte destinada a alimentos es del 50% reduciendo el resto de consumos de productos no comestibles y de servicios.
Condicionantes del nivel de vida
- Diversos bienes sociales se subvencionan por el Estado.
- La estadística oficial no recoge los ingresos de la producción no registrada. Además el Comité Estatal de Estadística no ha hecho estudios profundos de los presupuestos familiares desde 1989.
- En los comienzos de la liberalización la población tenía acumulados considerables stocks de víveres y artículos industriales, lo que sirvió como freno a la caída de ingresos después de la liberalización. La población se polariza con respecto a los ingresos con la aparición de los super-ricos, una pequeña parte que obtiene sus ingresos de los negocios y el resto. Esta situación plantea dos problemas :
- Fuente de tensión social.
- El grupo poblacional en torno a los pequeños negocios puede incrementar su participación apoyando y apoyándose en la inflación.
Los cambios en la distribución de los ingresos en Rusia después de la perestroika y la liberalización de los precios han llevado a la población rusa a una polarización en su status con grandes diferencias de nivel de vida según la fuente de obtención renta de los individuos.
Este efecto se da por varias causas:
- La primera por la diferente incorporación de la inflación a las fuentes de renta.
- Otra causa es las diferentes fuentes de renta y su participación en los ingresos finales.
- Por otro lado la escasez general y la región determinan la capacidad de consumo de los individuos, que además, ha variado considerablemente.
Consecuencias políticas
En política exterior, Gorbachov tendía a la
negociación de la reducción de armamento y a la pacificación de las relaciones
internacionales, retirando las tropas soviéticas en Afganistán y recibiendo en
Moscú al presidente estadounidense Ronald Reagan.Tras ser elegido presidente del Soviet Supremo, Gorbachov aceleró el programa de reformas políticas. Fue elegido jefe del Estado (1989) y primer presidente de
La reforma, aplicada con mayor fuerza sobre todo a partir de 1987, alcanzaba todas las áreas del sistema soviético: la ciencia, la tecnología, la reorganización de la estructura económica y los cambios en la política de inversiones. Para ello se trató de hacer un mejor uso de los medios económicos de que se disponía. La reforma supuso el saneamiento de una burocracia ineficaz y con ello pretendía implicar más al conjunto de ciudadanos en la tarea de reconstruir su economía.
La perestroika iba complementada por la glásnost, una política de apertura hacia los medios de comunicación, con transparencia informativa, permitiendo la libertad de expresión y de opinión, al contrario que en la etapa anterior, caracterizada por la represión hacia los contrarios al sistema. De esta manera, por primera vez, el gobierno soviético permitía una cierta autocrítica y reconocía sus defectos, lo que contribuyó a resolverlos con mayor rapidez. Esto fue generando una confrontación política encabezada por las críticas de Borís Yeltsin, que fue apartado en 1987 a pesar de que contaba con el apoyo popular. En junio de 1988 se celebraron elecciones democráticas que no dieron al PCUS todos los puestos en el gobierno, sino que se formó una minoría de reformadores entre los que se encontraba Yeltsin. A finales de 1990 ya existía una verdadera división en el Congreso, con unos 18 grupos políticos, de los que el más importante era el comunista, seguido del conservador Soyuz.
Hacia el final del mandato de Gorbachov, la perestroika empezó a recibir críticas tanto por los que pensaban que las reformas se aplicaban demasiado lentamente como por los comunistas que temían que éstas destruyeran el sistema socialista y llevaran a la decadencia del país.
El 19 de agosto de 1991 tuvo lugar un golpe de Estado llevado a cabo por los altos cargos del PCUS con el objetivo de boicotear un tratado que permitiría el autogobierno de las repúblicas de
La glásnost ▶ (En ruso гласность, apertura, transparencia o franqueza) fue una política llevada a cabo junto a la perestroika por Mijaíl Gorbachov, dirigente de la Unión Soviética desde 1985 hasta 1991.[1] Mientras que la perestroika se ocupaba de la reestructuración económica de
Gorbachov también autorizó la liberación de presos —políticos para la oposición interna y externa— y la emigración de algunos refuseniks. El objetivo expreso de la glásnost era crear un debate interno entre los ciudadanos soviéticos, y alentar una actitud positiva y entusiasmo hacia las reformas que se encaraban. Sin embargo, esta política de apertura se volvió en contra de Gorbachov al incrementarse los problemas económicos y sociales por efecto de sus mismas reformas y al incrementarse la crítica de la población soviética contra la dirección política del PCUS. Durante la glásnost se dieron a conocer al público, entre otras cosas, detalles sobre la violenta represión política de la época estalinista que hasta entonces permanecían reservados por cuestiones de Estado.
La meta de Gorbachov con la glásnost era en parte ejercer presión sobre los conservadores del Partido Comunista que se oponían a la perestroika. En agosto de 1991 la "línea dura" del Partido realizó un fallido golpe de Estado contra Gorbachov buscando revertir su plan de reformas, que consideraban una simple maniobra para volver al capitalismo y destruir al Estado socialista. Al fracasar dicha revuelta aumentó grandemente la impopularidad de los líderes conservadores que habían apoyado el golpe contra Gorbachov, siendo que como reacción los elementos más derechistas del PCUS asumieron el mando en medio de la acelerada descomposición del aparato político soviético. Las Repúblicas de
Efectos de esta política
La relajación del control gubernamental causó que el Partido Comunista perdiera influjo sobre los medios de comunicación. Pronto los medios masivos comenzaron a mostrar ante el público soviético serios problemas sociales y económicos que el Kremlin había negado o minimizado históricamente, tales como la deficiente calidad de las viviendas, los problemas de abastecimiento de alimentos, el alcoholismo o la contaminación ambiental, lo cual aumentó paulatinamente el nivel y cantidad de críticas hechas por la población soviética hacia sus autoridades, lo cual era una situación desconocida hasta entonces. La glásnost también permitió el conocimiento público y generalizado de las grandes purgas y exterminios acaecidos durante el gobierno de Iósif Stalin, parte de los cuales siguieron considerándose secreto de Estado incluso tras el proceso de desestalinización encarado por Nikita Jrushchov a partir de su discurso secreto pronunciado en el XX Congreso del Partido Comunista.
La apertura política continuó produciendo efectos no buscados inicialmente.Como por ejemplo los grupos nacionalistas comenzaron rápidamente a ganar terreno en las elecciones para las asambleas regionales de las repúblicas soviéticas. Como resultado de las reformas descentralizadoras de Mijaíl Gorbachov, la capacidad del gobierno central de imponer su voluntad sobre las repúblicas se encontraba muy disminuida. Durante la década de 1980 crecieron los reclamos para aumentar la independencia respecto al poder ejercido por Moscú, lo que fue especialmente notorio en el caso de las repúblicas bálticas. El sentimiento nacionalista también tomó fuerza en Ucrania, Georgia, Azerbaiján, entre otras.
Los estados bálticos, a quienes la visión nacionalista consideraba como invadidos por el Ejército Rojo en 1940 y anexados a la URSS contra su voluntad —aunque la versión oficial sostenía que fueron incorporadas por pedido de sus gobiernos—, incrementaron progresivamente sus reclamos de soberanía e independencia. Apoyando movimientos separatistas en otras repúblicas soviéticas, las bálticas dispararon múltiples desafios a
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