Ponen Coleccion

Ponen Coleccion

domingo, 21 de abril de 2013

Análisis del proceso de la demanda en materia comercial





Análisis del proceso de la demanda en materia comercial

Como elemento fundamental,  para concluir esta asignatura, es la elaboración de un análisis sobre una demanda en materia comercial, que abarque todo el proceso hasta la sentencia.

Es de todos sabidos que las demandas en materia comercial no son muy comunes ya que los abogados prefieren llevar estos procesos  por la vía civil.

Es este un elemento de mucha importancia e investigación, ya que a nuestro entender los procesos comerciales deberían canalizarse por la vía comercial, aunque es muy cierto que es el mismo tribunal que los conoce, el civil y comercial no es menos cierto que los abogados siempre prefieren gestionar el proceso por la vía civil.

En cuanto a la demanda en cuestión, debemos resaltar que fue depositada por la parte demandante, una instancia en el tribunal en fecha 28 de enero del año 2010, solicitando fijación de audiencia para conocer la demanda en cuestión y notificó por medio del acto No. 18-2010 de fecha 9 de febrero del año 2010 a la parte demandada.

Como repuesta a la misma el 29 de enero del 2010, por auto No. 103, dictado por el tribunal se fijó la audiencia para el día 18 de febrero del 2010 y conocer la demanda y en esta audiencia, la parte demandada no compareció.

La no comparecencia a una cita de un tribunal siempre es fatal ya que el abogado contrario te toma en defecto y esto siempre trae como consecuencia la desventaja en el proceso, cosa que con mucha astucia se izo en esta  demanda el abogado demandante se pronunció en defecto en contra de la parte demandada por no comparecer, no obstante citación legal, la  Magistrada Jueza Presidente se reservó el fallo de las conclusiones para una próxima audiencia y otorgó un plazo de  cinco días para depósito de documentos y escrito justificativo de conclusiones.





Acogiéndose al plazo de los cincos días, como es de ley la parte demandante depositó todas las documentaciones probatorias  de las negociaciones que existían entre su cliente y el demandado.

La magistrada haciendo uso de sus facultades  tomo como referencia las disposiciones de los artículos; 24 del Código Monetario y Financiero de la República Dominicana, 28 y 30 de la Ley 834, los artículos 1134, 1282, 1315,1153 de Código Civil Dominicano; y 130, 141, 149,150 y 156 del Código de Procedimiento Civil; la parte demandante estableció su escrito de conclusiones, obteniendo como resultado como sentencia a favor ratificando el defecto pronunciado al no comparecer la parte demandada, declarando válida la demanda en cobro de pesas, condenando a la parte demandada al pago solicitado por la parte demandante no acogió la petición del 2.5% de interés pero si el 1.5% de interés a partir de la fecha de la demanda, hasta la sentencia, y al pago de las costas del procedimiento, rechazándose solamente la solicitud de ejecución provisional por improcedente.





No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJE SU COMENTARIO